La sección séptima de la Audiencia Provincial, con sede en Algeciras, ha condenado a siete personas con penas de entre ocho años y nueve años y nueve meses de cárcel por introducir grandes partidas de cocaína en contenedores procedentes de Sudamérica a través del Puerto de Algeciras. A la trama se le han impuesto multas que, en total, suman 1.215 millones de euros.
Para tratar de encubrir su actividad ilegal, tal y como informa Europa Sur, la trama delictiva había creado una estructura empresarial para la importación de productos con los que enmascarar los envíos de la droga, según el fallo judicial difundido este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En la sentencia, el tribunal impone a una de las acusadas nueve años y nueve meses de prisión y el pago de dos multas de 150 y 120 millones de euros, respectivamente, por un delito contra la salud pública con la agravante de notoria importancia y de uso de comercio internacional. Un segundo acusado ha sido condenado a nueve años y tres meses de cárcel y a las mismas multas por otros 270 millones de euros.
La Audiencia también ha condenado a los cinco investigados restantes por los mismos delitos, con la atenuante de reconocimiento tardío de los hechos, a ocho años de prisión y el pago de dos multas de 67,8 millones de euros (135 millones cada uno), después de que reconocieran su participación en los hechos. El fallo es recurrible ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
A la trama se le intervino en noviembre de 2019 un contenedor en el Puerto de Algeciras con 63 fardos de arpillera que contenían 2.065,66 kilos de cocaína, valorada en 67,8 millones de euros.
Así funcionaba la trama
El 24 de febrero de 2020 se detectó la llegada a Barcelona de tres contenedores de carbón vegetal con origen en una empresa de Paraguay y que estaban destinados a la empresa Pachekin SL. La operación se pudo relacionar con la aprehensión previa de 474 kilogramos de cocaína en diciembre de 2019 que llegó diluida en aceite industrial dentro de una partida de 96 bidones de otra empresa con sede en Paraguay.
Los magistrados explican en la sentencia que las empresas paraguayas implicadas en sendos envíos eran en realidad la misma compañía, existiendo también vinculación en cuanto a los destinatarios. El desarrollo de la investigación puso de manifiesto la existencia de un entramado de personas, entre las que se encuentran los ahora condenados, que se dedicaban a la introducción en España de cocaína procedente de Sudamérica amparados en la estructura empresarial de importación.
La Audiencia considera probado que la estructura estaba formada por empresas que se iban poniendo en funcionamiento para la importación carbón vegetal, sal o arroz “con el fin de simular un comercio internacional lícito capaz de encubrir su objeto real: la introducción, dentro del trasiego de tales mercancías importadas, de grandes partidas de cocaína”. De hecho, daban la apariencia de regularidad y actividad lícita con la importación de productos reales y la realización de sus correspondientes trámites y pago de impuestos.
El tribunal subraya que la trama requería de una persona con conocimientos administrativos y fiscales, funciones que desempeñaba la principal condenada con conocimiento y participación en la trama, mientras que al frente de las empresas figuraban como administradores dos testaferros, ambos entre los condenados.
La principal condenada realizaba las funciones de gestión administrativa de las empresas tapadera con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras. También se encargaba de los gastos de tramitación de las importaciones para simular la legalidad de la empresas. “Participaba en las distintas fases de la actividad de importación y en los movimientos de dinero necesarios para su funcionamiento, a la espera de la recepción de la sustancia estupefaciente a través de alguno de los pedidos”, apostilla la sentencia.
“Se pretendía dar una total apariencia de licitud empresarial, aparentando solvencia y ofreciendo confianza, con el fin de introducir de este modo con más seguridad determinadas partidas de cocaína ocultas en alguna de dichas importaciones”, aseveran los magistrados de la Audiencia, que indican que el dinero necesario para financiar tales operaciones “provenía de las personas que ocupaban los escalones superiores de tal estructura” y se articulaba “mediante ingresos fraccionados de dinero, muchos de los cuales eran realizados a través de cajeros por personas de confianza de quienes financiaban”.
Pese a ser varias las empresas detectadas y gestionadas con la misma finalidad, solo pudo incautarse cocaína remitida a través de las importaciones de Pachekin SL en contenedores que fueron despachados en noviembre de 2020, entre ellos el intervenido en Algeciras.