Condenados dos policías ceutíes por dar una paliza a un hombre de 57 años

TCAM-CEUTA/REDACCIÓN

La Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha condenado a dos policías locales de la Unidad de Intervención Rápida (UIR) cuya identidad responde a las iniciales J.G.M. y N.C.V. a dos años de prisión, a otros tantos de inhabilitación especial para el ejercicio de su función de policía en el Ayuntamiento durante el mismo periodo y al pago a los herederos de Abselam Mohamed de 18.283 euros como autores de un delito de lesiones con agravante cometido sobre este hombre, que entonces tenía 57 años y ya ha fallecido, en 2005.

En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, la Sala estima como hecho probado que la madrugada del 16 de noviembre de 2005, sobre las 1.15 horas, los dos condenados, que ocupaban un furgón policial que había situado un control en la periferia de la ciudad, observaron al automóvil que conducía la víctima, “a quien conocían, y, sabedores de que aquél carecía de permiso de conducir, decidieron detenerlo y como quiera que no atendió su orden de pararse iniciaron su seguimiento, que se transformó en persecución por las calles de la ciudad con intervención de otros agentes”.

Cuando fue interceptado, los condenados “descendieron de su vehículo y se dirigieron al conductor, a quien, una vez fuera de su automóvil, sujetaron violentamente, y hallándole solo, conscientes de la desproporción de fuerza existente entre ambos y Abselam Mohamed Mohamed, de común acuerdo golpearon, derribaron y una vez caído, le colocaron los grilletes y conjuntamente continuaron dándole golpes, desoyendo sus lamentos de dolor”.

Como secuelas del suceso, al agredido, que pasó cuatro días hospitalizado y dos meses de baja laboral, le quedó “limitación del codo derecho en los últimos diez grados tanto en flexión como en extensión y glaucoma postraumático a controlar con tratamiento médico y facodonesis e iridodialisis postraumáticas en su ojo izquierdo”.

La defensa alegó que la víctima se dio a la fuga al encontrarse el control y que, tras cometer “varias infracciones de tráfico” embistió contra un vehículo policial, “huyendo posteriormente a pie, corriendo hasta que los agentes pudieron reducirlo, empleando la fuerza mínima indispensable y necesaria ante su fuerte resistencia, siendo detenido por los supuesto delitos contra la seguridad del tráfico y atentados contra los agentes de la autoridad”.

“La estrategia de la defensa ha consistido en repetir machaconamente la conducción temeraria de Abdeselam Mohamed por las calles de la ciudad”, desestima su argumentarlo la Audiencia, que merced a una grabación en vídeo del incidente aportada por un ciudadano da por hecho que “una serie de policías locales en tal número que no concuerda con los solo cuatro que mantienen los acusados que allí hubo” y que los condenados “faltan a la verdad cuando dicen que hubo una escapada a la carrera del lesionado pues aquél se halla precisamente caído junto a su vehículo”.

“Los policías locales actuaron y, aprovechándose de su superioridad física, aplicaron fuerza contra un ciudadano, que han afirmado era mayor, y en número, dos contra uno, le golpearon indiscriminadamente y con contundencia a todas luces innecesaria, y excediéndose, así pues, voluntariamente en su actuación le causaron claro perjuicio en su integridad física”, remacha la sentencia.

El presidente del Partido Democrático y Social de Ceuta (PDSC), sin representación institucional desde 2007 en la Asamblea local, Tarek Mizzian, hijo del agredido, ha vuelto a pedir al Gobierno ceutí que preside Juan Vivas (PP) la “disolución” de la UIR “por las miles de denuncias existentes contra esta unidad en concreto por malos tratos y brutalidad de numerosos agentes”.

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