Recomendaciones de la OMIC ante las visitas comerciales de empresas de suministro eléctrico a particulares

Por ello, este departamento municipal ha realizado una serie de recomendaciones a los ciudadanos, que pasan en primer lugar por comprobar la identidad del comercial, para lo que se ha de solicitarle su carné oficial o documento que le acredite como personal de la empresa, y en caso de duda, hay que pedir un teléfono de contacto de la compañía para verificar sus datos.En ningún caso se han de facilitar facturas a los comerciales que visitan los domicilios o que contactan con los usuarios a través del teléfono, a no ser que se decida cambiar de empresa, y si el consumidor cree que le puede interesar la oferta, ha de solicitar que se le de la información por escrito para estudiarla con tranquilidad antes de dar una respuesta.La OMIC también recomienda que bajo ningún concepto se firme un contrato sin leerlo previamente, constatando si el mismo incluye alguna cláusula de permanencia.Si el usuario decide contratan telefónicamente, ha de recordar que la conversación queda grabada, y si no está seguro, no debe sar su confirmación y pedir información por escrito. Si decide contratar por este medio es obligatorio que, si lo solicita, la empresa remita el contrato por escrito, que se debe conservar Consérvelo para poder consultar las condiciones ante cualquier duda que pueda surgir posteriormente.También se debe conocer que tras realizar la contratación, el cliente dispone de un plazo de siete días para realizar el desestimiento del mismo, es decir, para renunciar, sin que puede ser sancionado por ello desde la empresa suministradora, que debe facilitarle junto al contrato el documento establecido para desistir.Aquellas personas que necesiten más información o asesoramiento sobre esta cuestión pueden dirigirse a las dependencias de la OMIC, sitas en el edificio “La Caridad”, en el número 118 de la calle Teniente Miranda, o bien llamando al teléfono 956 661821.

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