“Desmontando Gibraltar”: Argumentario del Ministerio de Medio Ambiente contra Gibraltar

• El vertido de bloques en la colonia se ha hecho sin ningún control, autorización ni estudio ambiental previo y ha causado la destrucción del caladero de pesca de la Bahía de Algeciras

 • El vertido se ha producido a 200 metros de una Zona de Especial Conservación aprobada de acuerdo a la normativa comunitaria, pese a que cualquier obra que se realiza en las proximidad de un espacio de la Red Natura 2000 debe evaluar sus efectos sobre los valores ambientales de la zona 29 de agosto de 2013- El Ministerio de Agricultura, Alimentación y MedioAmbiente (MAGRAMA) rechaza que el hundimiento de bloques de hormigón llevados a cabo en las cercanías de Gibraltar responda a motivos medioambientales o de protección de los recursos pesqueros, por lo que el MAGRAMA ya presentó el pasado mes de julio ante la Fiscalía de Medio Ambiente una denuncia, elevada a la Comisión Europea para su estudio.

 El vertido de bloques de hormigón en el caso de Gibraltar (unos 70 bloques en la zona de la Línea de la Concepción) se ha hecho sin ningún control, autorización ni estudio ambiental previo. Y ha causado la destrucción del caladero de pesca, una pesca que era legal, y nunca de arrastre, frente a lo que afirma Gibraltar. Además, se ha hecho en las inmediaciones (a solo 200 metros) de una Zona de Especial Conservación (ZEC) aprobada el pasado 30 de noviembre de 2012 por eGobierno español de acuerdo a la normativa europea: el espacio “Estrecho Oriental de la región biogeográfica mediterránea”. 

 

 

NO SE RECHAZAN ARRECIFES ARTIFICIALES, PERO CON GARANTÍAS

 

 El MAGRAMA no rechaza crear arrecifes artificiales. España tiene una gran tradición en creación de arrecifes artificiales y grandes expertos en ello, pero el hundimiento de bloques de hormigón en Gibraltar no responde a la creación de estos arrecifes artificiales. Para ello, antes debe analizarse dónde se crea (qué especies y hábitats existen en la zona), cómo llevarlo a cabo, así como ponderar los efectos ambientales. En el caso del vertido de Gibraltar nada de eso se ha hecho. Con los argumentos que utiliza Gibraltar, se podría hundir cualquier cosa en cualquier lugar del mar y considerarlo arrecife artificial. No es así, desde luego, como se crean estos arrecifes en España. De entrada, este vertido ha causado la destrucción del caladero de pesca, por lo que este vertido nunca se hubiera permitido en otras zonas. Y sin perjuicio de los daños al medio ambiente que se puedan haber producido. Este vertido se ha llevado a cabo en aguas españolas, sin respeto a la Ley de Costas (Leyes 22/1988 y Ley 2/2013) ni a la del medio marino (Ley 41/2010 de Protección del Medio Marino), además de la normativa de pesca y sectorial de aplicación (como marina mercante). DENUNCIAS Junto a su denuncia por este vertido de bloques de hormigón, el MAGRAMA presentó ayer otra denuncia ante la Fiscalía de Medio ambiente por los rellenos de piedra y hormigón para la construcción de espigones que las autoridades de Gibraltar están efectuando, ganando terrenos al mar en un espacio natural protegido, por constituir un posible delito medioambiental. 

 

 

PUNTUALIZACIONES El MAGRAMA

 

Asimismo, rechaza los argumentos aportados por Gibraltar, carentes del menor rigor científico. En particular se puntualiza lo siguiente sobre los supuestos beneficios medioambientales y para la actividad pesquera:-Los bloques pueden proporcionar lugares de refugio para las especies pesqueras, pero es muy dudoso que las utilicen como zonas de desove al no formar parte del hábitat natural de esa zona. 

-Las praderas marinas se asientan sobre sustrato blando, no duro, al igual que hacen los moluscos. Estos bloques, por tanto, lo que están haciendo es eliminar el hábitat natural de sustrato blando (arenas y fangos). En los bloques se asentarán otro tipo de comunidades, propias de los sustratos duros, que sustituirán a las naturales. 

-La pesca que se realiza en la bahía es legal, y es falso que se practique la pesca de arrastre. Son artes de marisqueo y artes de enmalle. A quienes están perjudicando es a los pescadores artesanales, que son los mayores beneficiarios de los verdaderos arrecifes artificiales. La pesca se practica de manera legal. Los fondos mínimos de 35 m para el cerco y 50 m para el arrastre, profundidades muy superiores a las de la zona objeto de los vertidos, de unos pocos metros, como admite Gibraltar.

 -No se maximizarán los recursos marinos, sino que se sustituirán unos por otros, impidiendo además su uso sostenible. 

-Sobre el diseño y construcción de los módulos “siguiendo una serie de documentos de orientación españoles”, habría que conocer exactamente en qué estudios o información se han basado estos grupos para realizar tales afirmaciones.

 -La zona en la que se han vertido los bloques no encaja con ninguno de los dos tipos de arrecifes. Se trata de un fondo arenoso de entre 4 y 6 metros de profundidad, donde el único recurso pesquero es un banco marisquero. Se descarta por tanto que se trate de un arrecife con fines de protección. 

-Se descarta también que se trate de un arrecife de producción, ya que el único hábitat posible a regenerar (fondo arenos Una vez vertidos los bloques, en el aviso a navegantes del Puerto de Gibraltar se afirma que la columna de agua queda reducida a 1,5 metros. Luego se obstaculiza completamente la navegación, y se alteran las condiciones hidrográficas.

 -No consta que en Europa se haya instalado nunca un arrecife a esta profundidad tan escasa. 

-No está plasmado en ningún documento ambiental que el lugar del vertido será un lugar primordial para regenerar las poblaciones pesqueras. 

-No se conocen los artículos científicos en que supuestamente se basa l vertido. Las praderas marinas se asientan sobre sustrato blando. Al cambiar el sustrato se imposibilita este asentamiento. Por otra parte, ningún experimento previo realizado para el trasplante de fanerógamas marinas ha tenido éxito. 

-Nada se dice de otras zonas someras que han sido objeto de relleno por las autoridades gibraltareñas -inutilizando caladeros- y en las que se podrían haber regenerado praderas marinas. 

-Es falso que “el fondo marino es de composición arenosa, y no existe ningún hábitat o especie protegida por la UE dentro de la superficie que ocupa el arrecife artificial”. El hábitat “1110 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina poco profunda (Bancales sublitorales)” sí es un hábitat del Anexo 1 de la Directiva hábitats.

 -El MAGRAMA desconoce el proyecto y el estudio ambiental realizado y considera que se han incumplido numerosas leyes españolas aplicables, al haberse realizado en aguas del Reino de España (Ley de Costas, Ley de protección del medio marino, Ley de pesca marítima del Estado, etc.). No obstante, en cualquier caso se ha contravenido el Convenio de Naciones Unidas sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo (Convenio de Espoo), hecho en Espoo (Finlandia) el 25 de febrero de 1991, y que entró en vigor en 1997. El Convenio establece la necesidad de que los Gobiernos notifiquen y consulten mutuamente todos los grandes proyectos en estudio que pudieran generar impactos ambientales negativos cruzando las fronteras.o banco marisquero) se destruye 

-La zona afectada era usada principalmente por flota artesanal dedicada a la pesca con rastro y con redes fijas, no con artes de arrastre propiamente dichas. A la zona han acudido habitualmente hasta una docena de barcos, de forma rotatoria.

 -Es falso que “la zona no constituye ni una ruta de transporte marítimo, ni una zona de exclusión militar, ni una zona de recreo”, ya que por la zona circulan numerosas embarcaciones de todo tipo. precisamente por verter los bloques

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