TCAM-LOS BARRIOS/REDACCIÓN
La asesoría Jurídica de UGT ha recibido notificación de sentencia del Juzgado de lo social único de Algeciras, en la cual se reconoce el derecho de varios trabajadores a percibir cantidades correspondientes a subvenciones recogidas en el convenio regulador del Ayuntamiento de Los Barrios.
Según se recoge en la sentencia “resulta de aplicación el convenio Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Empleados Públicos Municipales del Ayuntamiento de la Villa de Los Barrios para los años 2008 a 2011, cuyo ámbito de aplicación, según lo previsto en el articulo 1 lo es al personal con relación Funcionarial y Laboral que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Los Barrios.”
De igual forma indica que “en cuanto al cuestionado Convenio Regulador este juzgador ya tuvo oportunidad de pronunciarse en el procedimiento de Autos 1159/2011 en el sentido de considerarlo plenamente vigente, pues, a pesar de no haberse publicado, su naturaleza debe considerarse extraestatutaria.”
A su vez también dicha sentencia no reconoce el derecho a percibir las subidas salariales pactadas en dicho Convenio por ser contrarias a la ley General de Presupuestos del Estado.
Para la UGT, esta sentencia demuestra la legitimidad del convenio Regulador en cuanto a mejoras sociales para los trabajadores municipales tal y como en diferentes ocasiones “le hemos hecho llegar al Sr Alcalde, mostrando siempre nuestra disponibilidad a negociar las mejoras que sean posibles dejando a un lado las subidas salariales conscientes de las dificultades económicas que venimos atravesando”.
Al respecto, el sindicato indica que con fecha de 13 de julio de 2011 y con registro de entrada nº 9006 de ese Ayuntamiento fueron remitidos propuestas de convenio tanto para el personal Funcionario como para el personal Laboral sin que hasta el día de hoy “casi un año después hayamos recibido respuesta alguna por parte del Sr. alcalde, el silencio por respuesta, una vez más, es igual las que sean, los juzgados nos van y nos irán dando la razón de forma paulatina”.