Denunciada el alta precipitada a un trabajador agredido por el dueño de la empresa

IAM/REDACCIÓN La historia se remonta al 4 de enero, cuando el trabajador, de 24 años, de una empresa de distribución de alimentos en Algeciras fue agredido por el empresario. La agresión no tuvo secuelas físicas, pero le provocó un trastorno ansioso-depresivo por el que los servicios sanitarios le dieron de baja por enfermedad común pese a que, a juicio del sindicato, debió tener la consideración de accidente laboral en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115 de la Ley General de Seguridad Social.

El diagnóstico era que a raíz de “un acontecimiento vital estresante” (la agresión) presenta “intensa sintomatología ansiosa, con insomnio (sueño fragmentado), cefaleas continuas e inquietud motora”. Aunque el Servicio de Unidad de Salud Mental Comunitaria del Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar veía necesaria una baja de varios meses, a instancias de la mutua Asepeyo, la Inspección dió de alta al trabajador tan sólo dos semanas después. Explica el sindicato que el alta se comunicó tarde al trabajador, tres días después de la fecha señalada para la reincorporación, y que tras ésta, el mismo empresario que le había agredido le despidió. Según el diagnóstico emitido el pasado día 13 de febrero por el Servicio de Unidad de Salud Mental esta incorporación “ha incrementado la psicopatología, ya que el problema se sitúa en el trabajo, con el jefe”. Un jefe al que el trabajador ha denunciado ante el juzgado de lo Penal, para el que solicita una orden de alejamiento. Los servicios sanitarios han tenido que reajustar el tratamiento, que deberá seguir entre seis y ocho meses. CCOO denunciará ante los juzgados de lo Social un despido que entiende que es improcedente, al tiempo que critica la actuación de la mutua y de la Inspección Médica, que actúa con unos criterios “economicistas, no en función de si el trabajador se ha recuperado o no y sin tener en cuenta si la reincorporación puede agravar o no la patología que hizo darse de baja al trabajador”. Advierte el sindicato de que esta forma de actuar puede conllevar que un empleado se haga daño “a él mismo o a terceros” al no estar recuperado en el momento de volver al trabajo.

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