Gibraltar anuncia nuevas restricciones de viajes procedentes del Reino Unido ante el aumento de casos

Por tanto, se aplicarán las siguientes restricciones adicionales y, a no ser que los pasajeros cumplan los requisitos y las excepciones especificadas a continuación, se les denegará la entrada a Gibraltar.

Solo los siguientes pasajeros podrán desembarcar en Gibraltar:

 

  1. Personas registradas como gibraltareñas, ya sea por nacimiento o nacionalización;
  2. Personas con residencia en Gibraltar, tras demostrar de forma satisfactoria su residencia;
  3. Marineros en tránsito a una nave que esté atracada en Gibraltar y tenga una carta de autorización previa emitida por la Agencia de Fronteras y Guardacostas (Borders and Coastguards Agency);
  4. Ciudadanos españoles en tránsito a España;
  5. Personas que viajen a Gibraltar en tránsito a España y que tengan residencia legal en España, tras demostrar de forma satisfactoria su residencia;
  6. Personas que estén desempeñando sus funciones laborales en Gibraltar o que vayan a asumir un empleo en Gibraltar y proporcionen prueba de ello a su llegada;
  7. Personal militar que cuente con una Orden de Viaje;
  8. Personas que cuenten con una carta electrónica emitida por la Agencia de Fronteras y Guardacostas que les otorgue autorización para entrar en Gibraltar.

 Las restricciones aplicarán desde la medianoche del 23 de diciembre de 2020.

 Estas restricciones se suman a las anunciadas por el Ministro Principal ayer en el Parlamento en relación con los requisitos de pruebas de Covid-19 (PCR negativo en las 72 horas previas, o test rápido en el Aeropuerto de Gibraltar).

 

 

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