Absuelto el guardia civil acusado del homicidio imprudente de un marroquí en el Puerto

La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha hecho público el fallo por el que absuelve al agente de la Guardia Civil juzgado por el supuesto homicidio por imprudencia de Bilal Argaz, el marroquí fallecido el 17 de mayo de 2008 tras recibir un disparo durante una persecución en el puerto de Algeciras. Según el fallo, el agente queda absuelto del delito de homicidio por imprudencia del que le acusaba la acusación particular, alzándose las medidas cautelares que se hubieran acordado sobre la persona o bienes del acusado.

Recuerda en los antecedentes de hecho que en el acto de juicio oral el Ministerio Fiscal solicitó la absolución del acusado, al considerar que el funcionario de la Guardia Civil actuó en el ejercicio legítimo de su profesión.

La acusación particular pedía, por su parte, una pena de cuatro años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia, la privación del uso de armas e inhabilitación profesional para el acusado durante el tiempo de la condena, además de una indemnización a favor de los familiares del fallecido de 480.800 euros.

Los hechos se resumen en que en la tarde del 17 de marzo de 2008 el acusado, funcionario de la Guardia Civil destinado en el Puesto del Puerto de Algeciras, recibió una comunicación interna por radio dando cuenta de que por el recinto portuario circulaba un vehículo cuyos ocupantes habían intimidado con una pistola a dos trabajadores del puerto. Se da la circunstancia de que en ese momento había decretada “alarma antiterrorista, nivel dos”.

Junto a otros funcionarios, el acusado se movilizó a fin de proceder a la detención de los ocupantes del vehículo, quienes hicieron caso omiso de las órdenes que le indicaban que se detuvieran, conduciendo de forma temeraria y poniendo en peligro a las personas que circulaban por la zona.

Ante ello, el acusado, con el fin de conseguir que el vehículo parase y en la creencia de que podían portar un arma de fuego, sacó su arma reglamentaria y efectuó un disparo al aire sin que llegara a intimidar al conductor del vehículo perseguido.

A continuación, efectuó varios disparos dirigidos hacia la rueda del automóvil, impactando uno de ellos en el suelo, otro en la rueda delantera derecha y el último, efectuado hacia la parte trasera del coche y “dirigido igualmente hacia una de las ruedas”, atravesó el maletero, prosiguiendo hacia el respaldo del asiento y finalmente a su conductor, Bilal Argaz, provocándole un shoch hipovolémico posthemorrágico por la rotura de la vena cava inferior, que le causó la muerte.

Según lo expuesto, la Sala considera que “ante el riesgo creado por el fallecido”, la actuación del guardia civil acusado fue “proporcionada, necesaria e imprescindible para evitar males mayores de terceras personas”.

Considera, además, que la trayectoria de la bala “se desvió” desde el lugar hacia el que se disparaba –la rueda– hacia el lugar donde impactó, siendo debido “tanto a las características del arma que suele desviarse de trayectoria la bala, como a la situación tensa del momento en que se produjo el disparo”.

Por ello, ha procedido a la absolución del acusado, con todos los pronunciamientos favorables. Contra la sentencia cabe recurso de casación.

Fuente. Europa Press

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