Podemos Algeciras critica a Junta y Ayuntamiento por aplazar el plan local contraincendios a septiembre

El Ayuntamiento de Algeciras se encuentra entre ellos, juntoa los de Tarifa, Los Barrios y San Roque; aunque la ley les obliga a elaborar y a poner en marcha esos planes. La Ley 5/1999 de 29 de Junio, de prevención y lucha contra incendios forestales, establece la elaboración de estos planes con carácter obligatorio. Su no elaboración e incumplimiento, están sujetos a sanciones por parte de la Administración Andaluza.

La importancia de esta ausencia de planes contra incendios radica en que en el Campo de Gibraltar se registra el 64% de los siniestros de toda la provincia. A ello se suma que existen numerosas urbanizaciones enclavadas en zonas forestales, un factor que multiplica el riesgo y pone en peligro la vida de las personas y la pérdida de la masa forestal.

En el caso de Algeciras, tenemos que recordar que los dos últimos veranos se han producido incendios de grandes dimensiones, con importantes daños ambientales. La falta de los Planes de Autoproteccion, pone en riesgo propiedades y vidas humanas de las zonas colindantes o ubicadas en zonas forestales; como las urbanizaciones de PuntaCarnero, la Barriada de Pelayo, Las Herrizas, las viviendas del Cobre, en Majadal Alto y la zona de Botafuegos.Podemos Algeciras lamenta que la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Algeciras tiren la toalla y abandonen a los vecinos dejándolos sin plan de autoprotección, ya que han pospuesto los encuentros institucionales para septiembre; cuando ya han transcurrido los meses de mayor riesgo de incendio. Siendo los vecinos y vecinas los que se encuentran en riesgo, tanto la Junta de Andalucía como el Ayuntamiento de Algeciras deberían impulsar la participación ciudadana para su autoprotección.

 

Entre las competencias que marca la ley para las entidades locales se encuentra la promoción de la formación de grupos de voluntarios para la defensa contra incendios forestales y el establecimiento de las medidas necesarias para facilitar la colaboración del personal voluntario en la prevención y lucha contra los incendios, contenido que recoge el Título II sobre la Actuación de la Administración Pública y de los Particulares y Participación Social, en el artículo 8 del Capítulo I.

Por otro lado, el artículo 16 del Capítulo IV, sobre Participación Social, establece la colaboración de la Junta de Andalucía con la sociedad en la prevención de incendios forestales, “colaborando en las labores de vigilancia y detecciónde incendios y participando en las labores de extinción de incendios con arreglo a los Planes de Emergencia y a las instrucciones de la autoridad competente”.

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