FAPACSA plantea su cronograma de actuaciones en el contencioso del recibo del agua

IAM/Redaccion En la tarde de ayer, convocados por su presidente a una reunión para analizar en profundidad las deficiencias en la planificación y gestión del tratamiento de las aguas residuales de la ciudad, cuya responsabilidad corresponde a la Mancomunidad  de Municipios del Campo de Gibraltar, deficiencias que han conducido al establecimiento de una tasa de depuración desmesurada que ha provocado la alarma y el rechazo subsiguiente de los vecinos de Algeciras, los miembros de Fapacsa asistentes emprender las acciones siguientes:           1º) Dada la falta de respuesta a las peticiones de información reclamadas a los responsables municipales, en particular la relacionada con el estudio técnico-económico realizado para calcular los costes de depuración, costes que son determinantes para el establecimiento la tasa que se impone a los abonados por el servicio de depuración, Fapacsa instará a la Mancomunidad a que, cumpliendo con lo establecido en el artículo Artículo 14.5. de la Ley de Aguas de Andalucía, “para hacer efectiva la participación activa de los usuarios en la gestión del ciclo integral del agua de uso urbano” cree el correspondiente órgano de participación del que formen parte las organizaciones que representen intereses de los usuarios domésticos;          2º) Instar a la Mancomunidad a que suspenda de inmediato el acuerdo de subida de tasas aprobado el pasado mes de enero, habida cuenta de que se ha aplicado una subida del 3,5 %,, subida absolutamente improcedente porque es equivalente al IPC interanual, cuando la tasa que se pretende subir fue aprobada definitivamente a finales de noviembre de 2012, por lo que sólo lleva en vigor apenas dos meses.                  Si no se atiende esta petición, Fapacsa presentará el pertinente recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de subida;       

  3º) Instar a Mancomunidad a que facture exclusivamente el volumen de aguas residuales realmente depurado durante el período de facturación, esto es, el total de metros cúbicos contabilizados en los medidores de carga a tratamiento, volumen que distribuirá entre los abonados proporcionalmente al consumo de agua facturado a cada uno de ellos. De no hacerlo así, Fapacsa denunciará en las instancias oportunas lo que considera como un presunto fraude a los usuarios del servicio;   

      4º) Instar a Mancomunidad a que elimine la facturación por bloques puesto que sólo se podrían justificar tasas diferentes por bloques si los costes del tratamiento fuesen realmente diferentes por bloques, Siendo obvio que los costes de tratamiento según el volumen tratado no sólo no son mayores cuanto más volumen se trata sino que son menores, hacer pagar una tasa mayor cuanto mayor sea el volumen constituye un presunto fraude a los usuarios, que Fapacsa denunciará en las instancias oportunas, si Mancomunidad no atiende la petición de Fapacsa;     

    5º) Por último, y puesto que es un hecho que actualmente parte de las aguas residuales generadas no son convenientemente depuradas por las pérdidas al mar ocasionadas por el mal estado de los colectores, instar a Mancomunidad a que, para garantizar el cumplimiento de objetivo de calidad de las aguas de Andalucía, reclame a la Consejería de Medio Ambiente la financiación de las obras necesarias en los colectores de Algeciras, obras declaradas de interés de la Comunidad Autónoma e incluidas como tales en el anexo del acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía-

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