El trabajador agredido por el empresario en Algeciras, triplicaba su jornada laboral

CCOO  ha denunciado ante la Inspección de Trabajo que el trabajador que fue agredido por el empresario en Algeciras tuvo tres tipos de contratos diferentes a pesar de estar haciendo el mismo trabajo y que, en las ocasiones en las que estuvo trabajando a tiempo parcial, llegó a triplicar la jornada de trabajo. Ahora, la autoridad laboral le ha respondido explicando que a esta empresa de distribución alimentaria se le ha abierto un acta de infracción por estos incumplimientos.Según argumentaba CCOO en la denuncia, el trabajador había tenido tres contratos distintos en esta empresa, Distribuciones Manolo García S.L., según su vida laboral: el primero  fue un contrato temporal a tiempo completo de formación y aprendizaje, el segundo fue un contrato a tiempo parcial eventual por circunstancias de la producción y el tercero, otro a tiempo parcial por obras o servicios determinados. A partir de noviembre de 2012, la empresa había vuelto a hacerle un contrato igual que el primero, de formación y aprendizaje. Según el sindicato, a tenor de los modelos de contratos “desarrollando siempre el mismo trabajo”, se podría haber producido un “fraude de Ley”. Pero, además, en los periodos con contrato a tiempo parcial, la jornada laboral se establecía en 25 horas semanales, “realizando hasta 12 horas diarias”. La Inspección de Trabajo responde que “respecto a las cuestiones laborales que se recogen –exceso de jornada y contratación- se informa que la empresa ya ha sido objeto de una actuación inspectora reciente que ha concluido con la extensión de un acta de infracción laboral motivada por tales incumplimientos”. La denuncia de CCOO también recoge la agresión que sufrió este trabajador el día 4 del pasado mes de enero. El trabajador entró en la oficina precisamente para reclamar al empresario el pago de las horas extras realizadas, a lo que siguió una discusión puesto que éste se negaba. El trabajador, según explica el escrito, se fue dando un portazo pero el empresario “se abalanza sobre él dándole varios puñetazos en el rostro”, por lo que el empleado acabó en el hospital. CCOO considera que la agresión debe ser considerada accidente de trabajo (en su momento se tipificó como enfermedad común) e indica que hay incumplimientos en cuanto a la prevención de riesgos laborales. La agresión está denunciada ante los Juzgados de lo Penal y el trabajador ha pedido una orden de alejamiento. El hecho de que el tema esté a la espera de una sentencia es lo que hace que la Inspección de Trabajo se abstenga en este tema hasta que no haya sentencia, según explica en la respuesta dada a la denuncia sindical.CCOO ya había denunciado públicamente con anterioridad el alta precipitada de este trabajador, que ha visto empeorada su salud a consecuencias de una reincorporación tras la que fue despedido. La agresión sufrida no tuvo secuelas físicas, pero le provocó un trastorno ansioso-depresivo por el que los servicios sanitarios le dieron de baja por enfermedad común.El diagnóstico era que a raíz de “un acontecimiento vital estresante” (la agresión) presenta “intensa sintomatología ansiosa, con insomnio (sueño fragmentado), cefaleas continuas e inquietud motora”. Aunque el Servicio de Unidad de Salud Mental Comunitaria del Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar veía necesaria una baja de varios meses, a instancias de la mutua Asepeyo, la Inspección dio de alta al trabajador tan sólo dos semanas después. Explica el sindicato que el alta se comunicó tarde al trabajador, tres días después de la fecha señalada para la reincorporación, y que tras ésta, el mismo empresario que le había agredido le despidió, un despido que el sindicato ha denunciado ante los Juzgados de lo Social. Según el diagnóstico emitido el pasado día 13 de febrero por el Servicio de Unidad de Salud Mental esta incorporación “ha incrementado la psicopatología, ya que el problema se sitúa en el trabajo, con el jefe”. Los servicios sanitarios han tenido que reajustar el tratamiento, que deberá seguir entre seis y ocho meses.

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