Aplican la ley de segunda oportunidad al exonerar una deuda a un matrimonio de Algeciras

En la resolución, con fecha del 7 de mayo, la titular del Juzgado ha ordenado también el aplazamiento, sin intereses, de otros créditos del matrimonio, con dos hijos de corta edad, han informado fuentes judiciales.

El auto del Juzgado de lo Mercantil no sólo exonera deudas con bancos y financieras, sino también con Hacienda y Seguridad Social. La resolución en este punto es pionera porque apela a la reciente Directiva Europea de Segunda Oportunidad, aún no traspuesta al ordenamiento español, para afirmar que la exoneración de deudas debe incluir también las cantidades debidas a entidades públicas.

El negocio familiar, una cafetería y confitería en un lugar céntrico de Algeciras, se vio obligado a solicitar concurso de acreedores y el cierre del negocio dejó sin ingresos al matrimonio, que no fue capaz de atender las cuotas hipotecarias de su vivienda habitual, de modo que la entidad financiera amenazó con desahuciarlos.

En una resolución anterior, sin embargo, el Juzgado había excluido de la liquidación la vivienda del matrimonio, con lo que la familia podrá conservar el inmueble abonando regularmente la hipoteca.

Con la exoneración, las deudas canceladas desaparecerán de los ficheros de morosos y de las carteras de fondos buitres que habían adquirido los créditos a bancos y financieras. Lo mismo sucederá con las deudas aplazadas, que ahora la familia podrá ir pagando mes a mes.

“Es como volver a nacer”, afirman M.V. y M.P., los deudores beneficiados por la resolución. “Ahora podremos volver a emprender, a trabajar, a vivir una vida normal con nuestros hijos sin sufrir el acoso día y noche de los acreedores, y sin estar embargados y con las manos atadas”, afirma la esposa.

El procedimiento ha sido tramitado por las abogadas algecireñas Guadalupe Pérez de Vargas y Teresa Budiño, de la firma Moreana Abogados.

“La protección de la vivienda habitual en los procedimientos de Segunda Oportunidad es una cuestión especialmente compleja”, afirma Budiño.

“El Juzgado ha sido pionero en Andalucía al aplicar la exclusión de la vivienda habitual de la liquidación concursal, razonando que de ese modo no sólo se posibilita que la familia no pierda su techo, sino también que el banco mantiene su crédito”, añade

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