El partido político Vox, que ejerce la acusación popular, ha solicitado a la Audiencia Nacional la prisión permanente revisable para Yassine Kanjaa, el presunto yihadista que en enero de 2023 protagonizó un ataque en Algeciras que se saldó con la muerte del sacristán de la iglesia de Nuestra Señora de la Palma Diego Valencia y con varios heridos.
En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, la formación de Santiago Abascal le imputa un delito de asesinato terrorista, otro delito de asesinato terrorista en grado de tentativa y un delito de lesiones terroristas, y si bien la prisión permanente revisable la pide por el primero de ellos, para los otros dos también interesa una pena de 30 años de prisión.
Matiza que sobre la figura del presunto yihadista “concurre la circunstancia atenuante de anomalía o alteración psíquica, apreciada como simple” y añade que de conformidad con el Código Penal solicita que cumpla dos tercios de la condena que le pudiera recaer y que se acuerde tras ello la expulsión del penado del territorio español.
EL ATAQUE DEL 25 DE ENERO
A lo largo de 11 páginas, en las que plasma su petición de testificales y documental para el juicio oral, la formación recoge el relato de hechos y recuerda que Kanjaa había entrado “de manera irregular en territorio español”.
Recuerda que el día 25 de enero de 2023, sobre las 18.30 horas, entró en la Iglesia de San Isidro de Algeciras e increpó a una persona que se encontraba en la misma indicándole, mientras señalaba a la Virgen que por qué creía en “una escayola”, tras lo que lanzó una Biblia contra el banco, abandonando la Iglesia al grito de “Allah”.
Acto seguido, se dirigió hacia su domicilio donde desconectó y apagó su teléfono móvil y cogió un machete de grandes dimensiones con el que se dirigió de nuevo a la vía pública. “Con ánimo de menoscabar la integridad física de Ahmend Lazim, lo agredió en la calle Cristóbal Colón, golpeándole a la altura de la ceja derecha, el hombro y el pecho, rompiéndole las gafas, mientras le recriminaba ser un converso”, recuerda Vox.
Tras esto, Kanjaa accedió de nuevo a la Iglesia de San Isidro exhibiendo el machete y agredió al sacerdote Antonio Rodríguez Lucena, que oficiaba la misa, quien intentó huir, siendo perseguido por el acusado, que lo golpeó, causando que el primero cayera al suelo.
Posteriormente, indica Vox, el presunto yihadista accedió a la Iglesia de Nuestra Señora de la Palma, situada en la Plaza Alta de Algeciras, y atacó con el machete al sacristán Diego Valencia Pérez. Éste trató de huir y fue perseguido por Kanjaa que le golpeó con el machete en reiteradas ocasiones hasta que cayó al suelo, donde, recuerda el partido, fue “rematado por el acusado”.
El escrito recoge pormenorizadamente las lesiones que sufrió el sacristán, hasta 12 lesiones y 11 heridas, y recuerda que estaba casado y tenía dos hijos. Del otro sacerdote que fue agredido, recuerda que le quedaron secuelas derivadas de estrés postraumático moderado y alergias postraumáticas cervicales además de un perjuicio estético por cicatriz, y que falleció en octubre de 2023 a la edad de 75 años.
RADICALIZACIÓN DE KANJAA
La representación legal de Vox asevera en su escrito que Kanjaa “cometió tales hechos motivado por su proceso de radicalización islamista, motivado por su odio y rechazo a la religión cristiana, siguiendo la doctrina de los grupos terroristas islamistas (como Estado Islámico o Al Qaeda)”.
“Concretamente, se atacó a Antonio Sánchez Lucena y Diego Valencia Pérez, sacerdote y sacristán, por el hecho de ser cristianos y con el fin de aterrorizar a los cristianos. Ahmed Lazim fue agredido por ser considerado un musulmán converso”, apunta, para añadir que esto “puede comprobarse de las expresiones que indicó mientras realizaba las acciones delictivas, de su actividad en redes sociales y de las diligencias de instrucción practicadas”.
Al hilo, y tras analizar todo lo que se incautó en el registro de su vivienda y del volcado de sus terminales, Vox se hace eco de los informes forenses realizados al investigado para afirmar que “en el momento de los hechos, el acusado presentaba una descompensación psicótica aguda con implicación afectiva y conductual, que afectaría levemente a sus capacidades intelectivas”.