¿QUÉ ES Y QUÉ RECOGE EL ACUERDO DE SALIDA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN EUROPEA?
– El tratado, un texto de 585 páginas, cubre algunas de las cuestiones consideradas clave para establecer los términos del “divorcio”, entre las que figura la factura que este país deberá abonar a la UE, fijada en torno a los 39.000 millones de libras (unos 45.000 millones de euros).
– Al término del periodo de transición, el país pondrá fin a la libre circulación de personas y creará un nuevo sistema de inmigración.
Recoge cómo quedará la situación legal de los ciudadanos británicos que residen en cualquier otro país comunitario y, de igual manera, lo relativo a los derechos de los comunitarios que viven en el Reino Unido.
– Incluye la “salvaguarda” irlandesa, un polémico mecanismo ideado para evitar el regreso a una frontera física entre Irlanda del Norte y la República de Irlanda cuando se ejecute el “brexit”.
Según ese mecanismo, conocido como “backstop”, el Reino Unido permanecería en la unión aduanera de la UE e Irlanda del Norte continuaría acatando ciertas normas del mercado único. De aplicarse la cláusula, solo podría anularse por acuerdo de las dos partes.
– Otro asunto incluido en el tratado es el periodo de transición a partir del momento en que se consume la salida del bloque hasta finales de 2020.
Durante ese periodo, el Reino Unido seguirá dentro del mercado único y ateniéndose a la legislación comunitaria al tiempo que Londres y Bruselas siguen negociando una nueva relación comercial.
-Gibraltar: Figura un protocolo sobre el Peñón, que prevé una estrecha cooperación entre España y el Reino Unido en lo que atañe a Gibraltar en cuanto a la aplicación de las disposiciones de derechos de los ciudadanos en el acuerdo.
Ese protocolo se refiere a la cooperación administrativa entre las autoridades competentes en varios ámbitos.
Los acuerdos independientes sobre el Peñón que puedan alcanzarse precisarán de la previa conformidad de España.
– Otras cuestiones importantes del tratado aluden a cuestiones de medioambiente, transporte aéreo, seguridad, salud y jurisdicción.
¿QUÉ ES Y QUÉ CONTEMPLA LA DECLARACIÓN POLÍTICA?
– Se trata de un documento mucho más breve (que el tratado), en el que se traza a muy grandes rasgos cómo podría quedar establecida la futura relación comercial entre ambos lados.
– Ese borrador, de 26 páginas, no es legalmente vinculante, si bien lo sería si termina siendo ratificado. El texto necesita ser aprobado por los líderes de los 27 países comunitarios.
– El texto refleja la intención de ambas partes de mantener “una asociación ambiciosa, amplia, profunda y flexible” en áreas como la cooperación económica y comercial, si bien con un equilibrio que garantice la “autonomía del poder de decisión de la UE y ser consistente (…) con la integridad del mercado único y la unión aduanera”, así como la “soberanía del Reino Unido (…), respetando la decisión del referéndum de 2016”.
– Ambas partes desean tener “una relación comercial de bienes tan estrecha como sea posible, con vistas a facilitar el comercio legítimo” y la creación de un “área de libre comercio”.
– Contempla, también, que la negociación de la relación futura dé comienzo “tan pronto como sea posible, tras la retirada del Reino Unido de la Unión, para que puedan entrar en vigor a finales de 2010”. Hasta ese momento, Londres seguirá siendo miembro del mercado único y la unión aduanera.
Los Comunes votan este viernes el citado Acuerdo de Retirada (WA, en inglés), si bien no lo harán sobre la declaración política.