El próximo lunes 23 de noviembre entra en vigor la nueva medida que obliga a todos los pasajeros que viajen a España por vía marítima o aérea procedente de un país de riesgo justificar que se han realizado una prueba PCR, con resultado negativo, en las últimas 72 horas.
Ante la falta de concreción, en la resolución de la Dirección General de Salud Pública publicada en el BOE el pasado 12 de noviembre, sobre qué personas estaban obligadas a cumplir dicho trámite, la patronal solicitó una aclaración al ministerio, según ha explicado en un comunicado.
La patronal ha asegurado que el ministerio confirmó, a través de la Subdirección General de Sanidad Exterior, que la resolución va dirigida a los pasajeros y, por tanto, no afecta ni a las tripulaciones ni tampoco a los conductores de camión que viajan en transporte marítimo combinado, en régimen de “ShortSea”, acompañando al vehículo.
Fenadismer ha recordado que hay miles de vehículos de transporte por carretera que regularmente (diaria o semanalmente) se realizan en parte por vía marítima entre España y varios de los países afectados por las exigencias y requisitos que en materia sanitaria prevé dicha resolución.
Hay tráficos diarios de camiones vía marítima con Marruecos, Argelia, Italia, Irlanda o Reino Unido entre otros, desde puertos como Algeciras, Barcelona, Almería, Alicante, Valencia, Bilbao o Santander, lo que supone la entrada a España de conductores de zonas o estados UE o de terceros países incluidos en la resolución como de riesgo, ha detallado.
Por ello, se ha dado traslado de esta aclaración del ministerio a Puertos del Estado y a los inspectores de Sanidad Exterior, en particular en Algeciras, dado que es allí donde más se produce este tipo de desplazamientos, ha agregado la federación.