Según han informado a IAM fuentes judiciales, la Fiscalía se oponía al procedimiento por el que se produjo el abono de la fianza, arrojando dudas sobre la “honorabilidad” de las dos personas que hicieron la entrega del dinero.
La Audiencia ha desestimado este recurso al considerar que no se aportaban motivos concretos que inhabilitaran jurídicamente a estas personas por la entrega de la fianza.
Concretamente, señala la Audiencia que “el Ministerio Fiscal, sin aportar dato alguno, fundamenta su recurso en la sospecha de que las cantidades ingresadas por los respectivos fiadores no son de su pertenencia y que asumen la pérdida de las mismas, por carecer de cualquier vínculo con el procesado, considerando que se trata de personas superpuestas o testaferros”.
Francisco Tejón se encontraban en busca y captura desde noviembre de 2016 hasta octubre de 2018 cuando fue detenido por la Policía Nacional en un punto facilitado por sus abogados.
La entrega se produjo después de que los investigadores hubieran centrado todos sus esfuerzos en su arresto tras el operativo en el que fue detenido su hermano y presunto dirigente del clan en junio de ese mismo año. A Francisco Tejón se le atribuía la dirección del clan desde la entrada en la cárcel de su hermano Antonio, que, de momento, continúa en prisión.