FAPACSA presenta alegaciones al Plan de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional

A CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Alegaciones a la información pública del“Plan de Ordenación del Territorio de ámbito subregional del “Campo de Gibraltar”(Resolución de 1 de Diciembre de 2009, BOJA nº. 249, de 23 de diciembre)

D Juan de Dios Regordán Domínguez D.N.I 31.158.044J, con Domicilio en Algeciras Urb Los Sauces 4,2C CP. 11202, PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SUR AZUL ( F.A P.A.C S A ) CON EL Nº 124 PERTENECIENTE A LA SECCIÓN SEGUNDA

COMPAREZCO ante la Consejería de Vivienda y Ordenación del territorio de la Junta de Andalucía con el fin de manifestar mi OPOSICIÓN a la aplicación del Plan de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional “CAMPO DE GIBRALTAR”.

En virtud de esta personación solicito se me de traslado de las sucesivas actuaciones que se produzcan, así como que se me notifique la evolución que en este expediente recaigan tanto de parte interesada como de las Administraciones que intervengan además de las competentes para esta tramitación..Y a fin de fundamentar la oposición anunciada formulo, entre otras, las siguientes Alegaciones razonadas:

1ª ALEGACIÓN – El POT “CAMPO DE GIBRALTAR” es un documento que se puede considerar de importancia fundamental para el futuro desarrollo de esta Comarca. El cual, además de su expresión reglamentaria, debería explicarse ampliamente con claridad y tiempo suficiente a todos los sectores de la sociedad Campo Gibraltareña, con objeto de que se produzca un debate que permita la participación efectiva de la ciudadanía de este espacio privilegiado, pero a su vez maltratado e infrautilizado. Sin este debate vecinal, no se puede aceptar este POT del Campo de Gibraltar.

2ª ALEGACIÓN – Al artículo 19 “Puerto de Interés General” (D y R)

Observaciones:Si las instalaciones portuarias e industriales del Arco de la Bahía han producido importantes e irreversibles daños al Medio Urbano (Sustracción de frente litoral a Algeciras, Palmones, Guadarranque, Puente Mayorga, Campamento y La Línea de la Concepción). Al medio marino (interrupción de corrientes, contaminación) A las playas, a la posibilidad de disfrute y de desarrollo social y económico, a la pesca, al turismo etc etc. Todo ello por falta de planificación, es lógico que se exija y se pidan compensaciones y se eviten DAÑOS MAYORES a los organismos responsables de esta situación, siendo el Puerto el elemento que debe integrarse en el contexto territorial del Campo de Gibraltar. Por lo que se hace la siguiente Alegación al Art. 19:No se pueden permitir más ampliaciones portuarias en la Bahía de Algeciras ni en Tarifa si no se elabora previamente UN PLAN DE ORDENACIÓN, RECUPERACIÓN E INTEGRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO CON EL LITORAL DEL ARCO DE LA BAHÍA Y TARIFA EN EL DESARROLLO DEL CAMPO DE GIBRALTAR por parte de la Autoridad Portuaria, Autonómica y EstatalEs incomprensible que se pida a los municipios que intente integrarse en el sistema portuario, cuando este sistema nunca los ha tenido en cuenta y supuso una servidumbre por el Puerto de toda la población de la Bahía.

3 ALEGACIÓN- Al Artículo 20. “OPERACIÓN PASO DEL ESTRECHO”

Con la redacción imprecisa de todos sus apartados, quedan las cosas como están: Algeciras seguirá soportando indefinidamente la OPE en el Llano Amarillo, constituyendo una contradicción con lo recogido en el art 55 y otra de recuperación del LitoralEste POT podría ser el Documento idóneo para concretar y precisar la realización de las medidas que en dicho art. 20 se recogen Por lo que se hace la siguiente 3- ALEGACIÓNExigimos que este Art. 20 se defina y concrete claramente:1.- Las infraestructuras necesarias.2 – La ubicación y dimensiones de los espacios necesarios de acopio o acogida para el Puerto de Algeciras y, en su caso, Tarifa.3- El desarrollo de las conexiones de embarque.

4- ALEGACIÓN

Al Art. 55 Usos Urbanos

Observaciones . La mayoría de estos espacios están afectados y utilizados por la Autoridad Portuaria de Algeciras por lo que es contradictoria esta directriz y exponemos la siguiente

4 – ALEGACIÓN.1ª La desafectación de estos espacios por parte de APBA.2ª La Autoridad Portuaria de Algeciras debería asumir las mejoras de estos espacios como medida compensatoria por la alteración y sustracción de los frentes urbanos y litorales aludidos en este apartado 4.

5. ALEGACIÓN

Al Art. 105 Infraestructura de saneamiento y depuración.Observaciones al apartado 2

El sistema unitario de saneamiento de la ciudad de Algeciras y otras ciudades del Campo de Gibraltar obligan a disponer de aliviaderos y emisarios previos a las estaciones de bombeo o estaciones depuradoras de agua residuales para los casos de colmatación o averías. Estos emisarios deben llevar dichas aguas fuera de las dársenas portuarias y retiradas de las zonas de baños. Dichos aliviaderos y emisarios no se recogen en este Plan, por lo que exponemos la siguiente

5 ALEGACIÓN.

Se exige recoger en este Plan de Ordenación del Territorio “CAMPO DE GIBRALTAR” instalar aliviadores y emisarios previos a las estaciones de bombeo y estación Depuradora en los casos de sistema unitario de saneamiento. Así como la ubicación para su realización de canales de intercomunicación entre las dársenas portuarias a fin de conseguir su autolimpieza por el flujo natural de las corrientes marinas.

SUGERENCIAS Y APORTACIÓN

FAPACSA ha planteado una serie de sugerencias con relación a la OPE y a la recuperación del litoral, Llano Amarillo y saneamiento de la ciudad de Algeciras que acompaña en DVD.

Por todo lo expuesto, A LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRIROTORIO

SOLICITO: Que, teniendo por presentado este escrito, lo admita y mande unir al expediente de su razón; tenga al firmante por personado en el expediente que se está tramitando para la aprobación del PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ÁMBITO SUBREGIONAL DEL “CAMPO DE GIBRALTAR”, a fin de manifestar mi OPOSICIÓN a dicha aprobación, por ser contraria a los más elementales criterios de sostenibilidad, e ilegal en relación con la diversa normativa, general y sectorial, de aplicación a dicho Plan y a los suelos que, supuestamente, pretende ordenar, y solicitar que se me tenga por personado y se me de traslado de las sucesivas actuaciones que se produzcan, tanto de parte interesada como de las Administraciones que intervengan, además de la competente para esta tramitación, así como que se me notifiquen las resoluciones que en este expediente recaigan

Firmado Juan de Dios Regordán Domínguez. Presidente de FAPACSA

Fecha cinco de Marzo de dos mil diez

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