Marina Mercante estudiará sanciones contra las navieras a causa de sus precios

 

La Dirección General de la Marina Mercante y las Capitanías Marítimas de Ceuta y Algeciras estudiarán desde este lunes la forma en que las tres navieras que operan en la línea marítima que une ambas ciudades aplicaron este viernes entre las 14,00 y las 22,00 horas el régimen de intercambio obligatorio de billetes que se impuso ante la previsión de una gran afluencia de viajeros marroquíes en dirección a sus lugares de origen, “avalancha” que finalmente no se produjo, frente a lo que las navieras “aplicaron a su antojo los precios”.

Según ha explicado a Europa Press el capitán marítimo de Ceuta, Jesús Fernández Lera, las compañías estaban obligadas a cobrar una tarifa máxima regulada de 37,73 euros por trayecto (descuento del 50 por ciento para los residentes aparte), superior a la habitual durante el resto del año, y exclusivamente a quienes partiesen desde la localidad gaditana.

Sin embargo, “cada naviera interpretó la norma a su antojo”, de manera que “FRS mantuvo sus tarifas habituales, sensiblemente más reducidas; Baleária comenzó a aplicar la tarifa máxima establecida en ambos sentidos; y Acciona sumó a ese coste límite otros cargos de emisión, agencias y demás extras”.

“Habrá que analizar el comportamiento de las compañías para ver si su proceder es sancionable”, ha explicado Fernández Lera, quien ha asegurado que existe un mínimo consenso entre las capitanías involucradas y Marina Mercante para hacer aún más “excepcional” la aplicación del régimen de intercambio obligatorio de billetes, una situación que ha considerado “no deseable”.

Fernández Lera ha explicado que “el intercambio se impone para evitar conflictos de orden público derivados de la permanencia de viajeros durante muchas horas en el puerto de Algeciras, sobre todo durante la ‘Fase Salida’ de la Operación Paso del Estrecho (OPE), o en el de Ceuta, en el caso de la ‘Fase Retorno'”.

Desde el año pasado la Dirección General de la Marina Mercante fija, además, la tarifa máxima a la que debe establecerse ese intercambio de pasajes para evitar que las compañías lo determinasen por su cuenta, como sucedía antes, y posteriormente fuesen multadas por ello por parte de Competencia.

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