Cuando una familia no obtiene puesto escolar, en enseñanzas obligatorias en la zona escolar donde vive, se le obliga a escolarizar a sus hijas o hijos en otra zona de escolarización más alejada de su domicilio.No parece muy adecuado para la socialización de esas niñas y esos niños, pues el mundo relacional con sus iguales se distancia de donde vive.
Y ya se sabe que cada vez la infancia juega menos en las calles y plazas. Por ese sólo motivo ya tendría mucho sentido garantizar la escolarización donde se vive. Evitando de paso el consumo ingente de recursos materiales y temporales a las familias que deben llevar y recoger a esas criaturas cada uno de los 175 días lectivos que dura el curso escolar. Multiplicar ese efecto por al menos 9 años es un auténtico despropósito, sobre todo por ser tremendamente injusto obligar a unas familias si y a otras no.
En determinadas circunstancias parecerían razonable estos ofrecimientos cuando entre distintas zonas de escolarización las distancias sean cortas, no existan barreras urbanas, ejemplo circunvalaciones, líneas de ferrocarril etc…, o las líneas de autobuses urbanos tengan paradas cercanas a los centros donde se escolariza el alumnado.
Cuando estas circunstancias no se den es preciso que la administración educativa considere las zonas donde las personas viven como zonas de escolarización cerradas, contrayendo la responsabilidad de ofertar más puestos escolares en la zona escolar a las familias, o provea de una línea de autobús escolar gratuita para garantizar el traslado del alumnado de sus zonas de escolarización a otras.
Esto ocurre en las pedanías de localidades donde se garantiza la escolarización en infantil primaria a todo el alumnado que en ellas vive, precisamente por la existencia de distancias importantes, algunas menores a las que se originan en la grandes ciudades, y ausencia de medios públicos de transporte, que siempre en educación obligatoria deben ser gratuitos.
Fdo Rafael Fenoy Rico