Un mensaje de Ramos para consumo interno, del que partimos para centrar la imagen de los alcaldes con relación a sus obligaciones y responsabilidades recogidas en la Ley de Régimen Local y Textos Refundidos.
Imagen por cierto la que tiene el ciudadano de los alcaldes que en demasiadas ocasiones está desenfocada y embarrada debido a un trabajo nada excepcional y hasta doloso o punible. En España el alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: “Dirigir el gobierno y la administración municipal; representar al ayuntamiento; convocar y presidir las sesiones de Pleno; dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales; el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado; disponer gastos dentro de su competencia; concertar operaciones de crédito; aprobar la oferta de empleo público; desempeñar la jefatura superior de todo el personal, aprobar su nombramiento y funciones; el inicio de las acciones judiciales y administrativas en defensa del ayuntamiento; la iniciativa de proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de competencia del ayuntamiento; adoptar personalmente y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o de infortunio o de grave riesgo de las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al pleno; sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales”.
Obligaciones y responsabilidades del alcalde, de las que se desprenden que la primera autoridad municipal, debe recoger en la calle, el eco, los deseos, las necesidades y aspiraciones de la comunidad a la que se comprometió a servir y debe tender a encontrar en el menor tiempo posible, la mejor solución y con la mayor economía posible, lo que dado los tiempos de crisis que padecemos adquiere una especial relevancia. Debe el alcalde asimilar la idea de que no puede hacer lo que quiera, cuando quiera y como quiera, no precipitarse en sus acciones evitando promesas irreflexivas, resistirse a las presiones personales o partidistas y sobre todo debe tener una moralidad intachable.
Y sobre este punto dice el beato Juan de Ávila, “el alcalde debe hacer bien a los vecinos aun con pérdida propia”, lo que repasando la hemeroteca y hacienda una simple relación de los alcaldes ”empapelados”, está claro que muchos primeros ediles han seguido una senda distinta a la recomendada por el beato. Y es que el alcalde conjuga todos los verbos transitivos, pone, quita, da, decide, dirige, etc, etc, pero nunca se le debe olvidare hacerlo en equipo y dando cuenta al pueblo que gobierna, que es el que lo puso en el sitio que ocupa. por lo tanto puede, debe y tiene que escuchar a propios y extraños. Tras la lectura de la que debe de la hoja de ruta de un alcalde: .¿qué piensa del pregonado “trabajo excepcional”.