IAM/Redacción En el acuerdo suscrito esta semana en el Parlamento andaluz entre PSOE y Ciudadanos sobre los Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2018, se dice adiós al impuesto de sucesiones a partir del 1 de enero del año próximo.
Este acuerdo entierra de facto el polémico tributo para todas las herencias cuyo importe no supere un millón de euros por cabeza. Eso implica que tan solo pasaran por ventanilla para pagar este impuesto quienes reciban bienes cuya tasación supere al menos en un euro ese listón o millón. La reforma del impuesto de Sucesiones que multiplica por cuatro el tope exento actual de 250.000 euros, también introduce la corrección del error de salto, que era un fleco pendiente de la rebaja pactada a finales de 2016.
Ahora las cuentas son más claras: quien herede más del consabido millón, por ejemplo 1,1 millones solo pagará por los 100.000 euros al quedar amortiguado o exento el peso del primer millón. De todas formas solo los cónyuges, hijos, nietos y padres, son considerados por ley parientes directos, y podrán regatear desde 2018 el temido impuesto, pero hermanos, primos y tíos quedan por ahora fuera del paraguas de este acuerdo. El Gobierno de la Junta asume por fin la impopularidad del tributo y su desgaste y olvida los argumentos con los que lo defendió, renovando el discurso anterior que decía que solo los “ricos” debían pagarlo, ahora dicen que este impuesto es para abonar solo por los “millonarios”.
El cálculo sobre sobre cuanto dejará de ingresar la Junta por este impuesto está en torno a 90 millones de euros, que serán compensados, según la consejera de Hacienda, con el incremento de otras partidas de ingresos que esperan mejorar con el fin de la crisis.
Aunque lo que realmente preocupaba a la presidenta, Susana Díaz, era la fuga de votos en unas próximas elecciones si mantenía el impuesto. Si el impuesto de Sucesiones ha quedado semidesactivado como hemos relatado, aún hay otro impuesto relacionado con el anterior e igual de impopular: la Plusvalía o el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que está siendo activado por el Ayuntamiento de Algeciras para las propiedades recibidas en herencia, sin que se den las dos condiciones necesarias y simultaneas para que se produzca el hecho imponible: un incremento en el valor de los terrenos y la posesión de los bienes heredados. Sin embargo, en su afán recaudatorio el Ayuntamiento, a través del Servicio de Recaudación y Gestión Tributaria, está mandando aviso por escrito donde se dice que “la presente comunicación interrumpe la prescripción de esta deuda tributaria según dispone el artículo 68 de la Ley General Tributaria”. Así que están notificando esta situación a toda persona que tenga una herencia yacente (no repartida) en los últimos 4 años y no haya liquidado plusvalía.
El denominado oficialmente “Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana”, más conocido popularmente por arbitrio de la plusvalía municipal, ha sido siempre objeto de grandes controversias y rechazo, ya que el ciudadano o contribuyente no comprende por qué tiene que gravarse la transmisión de un bien inmueble de naturaleza urbana recibido por herencia. ¿Dónde está su incremento? Así que no se entiende la exigencia de tal impuesto, que ya ha sido objeto de imposición tributaria por el impuesto de Sucesiones y anualmente por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI.
Máxime cuando este impuesto de plusvalía no guarda relación alguna con el verdadero incremento del valor del terreno, sino que se calcula en función de los años transcurridos y el valor catastral que no es el real después de la crisis inmobiliaria. Además, este impuesto, tan controvertido y rechazable, se ha visto fuertemente aumentado y actualizado por el gran incremento experimentado en los valores catastrales del Ayuntamiento de Algeciras, y sobre los que se calcula dicho Impuesto.
Y sin embargo, la crisis inmobiliaria ha traído una auténtica disminución en el valor de los terrenos e inmuebles en general, por lo que más que referirnos al Impuesto sobre el incremento de su valor, deberíamos referirnos al Impuesto sobre la disminución de dicho valor. Un nuevo campo de minas políticas que le puede costar muy caro en las urnas al partido popular, sino revisa este impopular impuesto que grava las herencias no repartidas, y que puede provocar la renuncia a ese patrimonio heredado por no poder pagar el impuesto de Plusvalía como ocurría antes con el de Sucesiones. Así que adiós Sucesiones y hola Plusvalía. No tenemos remedio.