1. Paga pronto y ahorra el 50%: El Pleno del Congreso aprobó el pasado otoño la reforma de la ley del régimen sancionador en materia de tráfico, inspirada en los juicios rápidos y que tiene como «leit-motiv» fundamental el pago exprés de las multas, lo que implica una reducción de hasta un 50% del importe económico de la sanción si se pagan en un plazo de 15 a 20 días tras la imposición de la multa. La norma pasó el trámite del Senado, entrará en vigor el próximo 25 de mayo y ha llegado hoy a la ciudadanía pública a través de las explicaciones del titular de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, quien ha destacado que habrá facilidades para quien abone pronto la multa, pero «más complicaciones para aquellos que no las paguen». Ni a corto ni a medio plazo. LAS MULTAS
En el ámbito de las multas, Rubalbaba se ha detenido en explicar que se agiliza la tramitación de la mismas, con un sistema de notificación más rápido que utiliza incluso el correo electrónico o el pago inmediato con tarjeta de crédito. Hasta ahora, el promedio de tiempo que pasaba desde que una persona al volante cometía una infracción vial hasta que pagaba la multa iba de cinco meses a dos años. Toda la tramitación de sanciones y los cambios informáticos pertinentes no entrarán en pleno funcionamiento hasta el próximo 25 de noviembre, seis meses después de la entrada en vigor de la normativa.
2. El «pago exprés» elimina el derecho a recurso: En el caso de que se abone en ese periodo de hasta 20 días, el conductor pierde el derecho a recurrir por improcedente o injusta la sanción. 3. Dinero para las víctimas de accidentes: En el trámite de la Cámara Baja, también se acordó incorporar a la nueva ley la obligación de destinar parte de la recaudación de las multas a ayudar a las víctimas de los accidentes de tráfico aunque el grueso del importe de las multas se destina a la seguridad vial.4. La grúa se lleva el coche con cuatro sanciones en zona azul: Se amplía de dos a cuatro sanciones firmes por infracciones graves o muy graves el límite por el que un conductor no puede realizar ningún trámite relacionado con él mismo o su vehículo, que la grúa pueda llevarse el coche sin ticket en zona azul o si ha rebasado el triple el tiempo de limitación horaria.5. Diferentes cuantías para las multas:El Congreso también estableció las cuantías de las multas en 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, si bien éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al «peligro potencial creado» por el infractor.6. Se reducen los motivos para perder puntos; no se pierde el carné hasta agotarlos: La ley también reduce los casos de pérdida de puntos. Pasan de 27 a 20. Así, no se restarán puntos hasta los 151 kilómetros por hora en las autopistas o autovías con un sistema de velocidad variable de entrada a las grandes ciudades, como Barcelona. Según las propias palabras de Rubalcaba, se ha dispuesto así debido a que la «experiencia» ha demostrado que «no tiene sentido restar puntos por algunas conductas». RETIRADA DEL CERNE
Asimismo, no se retirará el carné de conducir por vía administrativa, sólo al agotar los puntos acumulados o por la decisión de un juez. Es ésta una de las principales novedades que encontramos en la ley, pues hasta ahora se suspendían alrededor de 100.000 permisos de conducir al año, ha destacado esta mañana el ministro del Interior. Puedes consultar los puntos que te quedan en la página de la Dirección General de Tráfico (pincha aquí). 7. Nuevas sanciones: La reforma de la Ley de Tráfico incluye también nuevas sanciones como programar el navegador mientras se está conduciendo, que detrae puntos y conlleva una infracción grave de 200 euros; también estacionar en plazas reservadas para discapacitados (infraccion grave, menos puntos); llevar la matrícula ilegible (no quita puntos pero supone una multa de 200 euros); permitir que una persona sin carné conduzca (un padre a un hijo, a sabiendas de que no tiene permiso de Tráfico; no supone la pérdida de puntos aunque se debe pagar con otros 200 euros), como las más importantes. 8. Los ciclistas, con luminosos: Otra nueva sanción, que se fija como infracción leve (con multa de 100 euros) es que los ciclistas no lleven elementos reflectantes por la noche para alertar de su presencia al resto de conductores. VEHICULOS DE TRES RUEDAS9. Disposiciones para los vehículos de tres ruedas: Además, los vehículos de tres ruedas pueden circular a la misma velocidad que los de dos. 10. Prescriben en un año, se notifican sólo dos veces: Las infracciones pasan a notificarse sólo dos veces al conductor, en lugar de tres como hasta ahora. Las sanciones pecuniarias prescribirán en un año y no en cuatro, según el texto dado a conocer hoy por Rubalcaba. 11. La multa más alta para el que use inhibidores de radar: Los agentes podrán inmovilizar el coche a quien no tenga el seguro obligatorio, lleve inhibidores de radar (para lo cual se prevé la multa más alta: 6.000 euros) o no haya pagado dos multas. Sobre estos radares, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad que oscilan, según el modelo de cinemómetro -que es el dispositivo que mide la velocidad del elemento móvil-, entre un 3 y un 10%.