En este sentido, recuerda que el Pleno de la Eurocámara exigía este miércoles que los planes de extracción de gas no convencional mediante fracturación hidráulica –‘fracking’– se sometan a una evaluación obligatoria previa para analizar sus posibles efectos adversos sobre el medio ambiente.
El portavoz del colectivo ecologista en el Campo de Gibraltar, Antonio Muñoz, ha indicado a Europa Press que la decisión de la UE coincide con los planteamientos incluidos por Verdemar en el recurso de alzada presentado en febrero contra la resolución del Ministerio de Industria, Energía y Turismo por la que se acordaba los permisos de investigación de hidrocarburos mediante ‘fracking’ a las sociedades Schuepbach Enegy España y Vancast Exploration en dichos enclaves.
Verdemar, que entonces perdió el recurso, pedía que se suspendieran de inmediato y que, en todo caso, el proyecto se sometiese a Evaluación de Impacto Ambiental. Ahora, vuelve a pedir su paralización con “un argumento de peso como es el espaldarazo de la Eurocámara”.
Cabe señalar que el Parlamento Europeo también reclamaba este miércoles medidas para garantizar que los ciudadanos sean debidamente informados y consultados sobre los proyectos con efectos para el medio ambiente, de acuerdo con la convención de Aarhus sobre la participación pública.
TESORILLO Y RUEDALABOLA
Recuerda Muñoz que los permisos de investigación de hidrocarburos ‘Tesorillo’ y ‘Ruedalabola’ fueron otorgados mediante el Real Decreto 1771/2010, de 23 de diciembre, a favor de las sociedades antes mencionadas. Con fecha de 30 de noviembre de 2012, el operador Schuepbach Energy España solicitó autorización para la concentración de trabajos e inversiones en dichos permisos de investigación de hidrocarburos.
Advertía Verdemar que autorizar estos trabajos tendrá “unas consecuencias nefastas en el Parque Natural de Los Alcornocales y en el Parque Natural del Estrecho y Reserva de la Biosfera”.
En este sentido, indicaba que la técnica de la fractura hidráulica para la obtención de gas natural “puede producir alteraciones importantes en los acuíferos de la zona proyectada” –20.676 hectáreas en el Permiso ‘Ruedalabola’ y 62.028 hectáreas en Permiso ‘Tesorillo–, especialmente por la contaminación de sus aguas por el fluido utilizado en el proceso extractivo, que posee “un dos por ciento de productos químicos”, siendo una parte de ellos “altamente tóxicos”.
Puntualizaba el colectivo ecologista en su recurso que la propia actividad de investigación requiere el empleo de la estimulación por fractura, lo que hace que “la simple búsqueda de hidrocarburos, sin necesidad de que vayan a ser rentables y se vayan a explotar, entraña un riesgo ya de por sí inaceptable”.
Advertía también de que las campañas de prospección sísmica son “altamente dañinas” para la fauna que utiliza las aguas del Estrecho de Gibraltar como vía de paso en sus rutas migratorias, estando el Gobierno “obligado a proteger esta rutas según lo acordado en la Convención sobre el Derecho del Mar de las Naciones Unidas”.
Argumenta que los métodos sísmicos de prospección se realizan mediante cañones de aire comprimido capaces de generar ondas sonoras que definen la estructura del suelo y subsuelo marino. La intensidad de esas ondas son “intolerables para la fauna marina y pueden ocasionar varamientos de cetáceos”, así como “daños sobre los recursos pesqueros”, ya de por sí “bastante mermados”, de las zonas afectadas por las prospecciones.
En base a estas y otras argumentaciones, los ecologistas solicitaban que el proyecto se abandonase y que, en todo caso, se sometiera a Evaluación de Impacto Ambiental, al considerar que es “la mejor manera de asegurar un procedimiento riguroso y transparente”, introduciendo la perspectiva medioambiental en la toma de decisiones sobre proyectos con “incidencia importante sobre el medio ambiente, como es este caso”.