La sentencia del TSJA, emitida hace unos días, recoge los argumentos que aportaba CSIF en su denuncia, por la falta de concreción en los criterios de selección. Como figura en la sentencia, los términos empleados para definir los méritos carecen de la concreción indispensable para permitir una comparación entre los diferentes candidatos, e impide a éstos conocer por anticipado qué se pide y con qué grado. Es decir, tal y como estaba redactada la convocatoria, los candidatos no pueden saber en qué consisten las pruebas ni qué se evalúan en ellas.
Esto implicaría que, con cualquier justificación, en un sentido o en otro, la selección sería arbitraria, algo que para CSIF, en el ámbito del empleo público es intolerable, ya que estas convocatorias han de regirse por los principios objetivos de mérito y capacidad, para que los candidatos puedan competir en igualdad de condiciones.
Finalmente, el TSJA ha impuesto las costas del juicio a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (APBA) y a la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de Andalucía en Cádiz (CCOO).
Para CSIF, esta sentencia supone un espaldarazo a las reivindicaciones del sindicato en defensa de la igualdad de condiciones para todos los candidatos. Hay que subrayar que este fallo judicial podría crear precedente, de forma que se anulasen todas las convocatorias de empleo que se hayan realizado de esta manera. De hecho, la Central Sindical ya ha recurrido por los mismos motivos otras cinco convocatorias de empleo en distintas Autoridades Portuarias de Andalucía, esperando que todos se resuelvan en el mismo sentido, anulándolas y garantizando los principios que rigen cualquier convocatoria de empleo público, sin dar pie a posibles irregularidades.