Estas conductas, consideradas como infracciones graves, pueden ser sancionadas con multas que van desde los 300 a los 1.500 euros.El bando de Alcaldía señala que sin las autorizaciones o licencias legalmente preceptivas, se encuentra prohibida la circulación, almacenamiento, comercio, tenencia o utilización de artificios pirotécnicos, y que de conformidad con el artículo 51 de la Ordenanza Municipal para el Fomento y Garantía de la Convivencia Ciudadana, queda terminantemente prohibido hacer explotar petardos, lanzar cohetes y encender bengalas en las vías públicas.Asimismo, se encomienda a los agentes de la Policía Local la estrecha vigilancia del cumplimiento de este bando, denunciando a quienes lo incumplan para su correspondiente sanción.Desde la Alcaldía se solicita la colaboración ciudadana en aras de conseguir una convivencia más tranquila por el bien de todos.
TCAM/REDACCION
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