IAM/Redacción La Consejería de Fomento y Vivienda ha acordado el inicio de un total de trece expedientes sancionadores contra otras tantas personas propietarias de viviendas protegidas en Andalucía por destinarlas a uso turístico de forma ilegal. De estas viviendas expedientadas, dos se encuentran localizadas en la provincia de Cádiz, una en Granada, cinco en Málaga y cinco en Sevilla.
La actuación de la Administración autonómica ha sido posible gracias a la verificación de los datos de las viviendas recogidos en Inventario de Viviendas Protegidas de Andalucía con las inscritas en el Registro de Viviendas Turísticas que gestiona la Consejería de Turismo y Deporte.
Las sanciones por esta infracción pueden ser de 3.000 euros y alcanzar hasta los 30.000 euros, pero al no apreciarse circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad, en atención al daño producido a los intereses generales, la sanción propuesta en estos casos puede rondar los 10.000 euros.
La vivienda protegida tiene que tener como destino su uso como domicilio habitual y permanente y el incumplir esta norma constituye una infracción grave tipificada en el artículo 19,f) de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.
La solicitud de inscripción de la totalidad de la vivienda como uso turístico y la declaración responsable que se exige a la persona titular de la vivienda es presunción de que se está desarrollando la actividad y habilita para ejercer la misma. Además, teniendo en cuenta que la inscripción es constitutiva, ello resulta prueba suficiente de que la vivienda no se destina a domicilio habitual y permanente, destinándola a un uso no autorizado como ha ocurrido en estos casos por los que se ha abierto expediente.