IAM/Redacción El Gobierno señala como uno de los motivos por los que es necesario su decreto ley para prohibir las narcolachas en la “proliferación” de su uso para “delitos tan graves como el tráfico de personas”. Foto de una narcolancha transportando inmigrantes
Para el Ejecutivo, los efectos de este problema “en la sociedad española” y en el resto de la UE “justifican por sí solos” la tramitación de esta medida.
Así lo señala en la memoria del análisis de impacto del decreto ley aprobado el pasado viernes, por el que se acelera la normativa para prohibir la navegación de las narcolanchas de más de ocho metros de eslora o que cuenten con una potencia superior a 150 kilovatios.
En el documento se indica que también se ha de tener en cuenta que, en esta materia, existe una “falta de medios eficientes” para luchar contra los hechos ilícitos que se ejecutan a bordo de estas embarcaciones y que, a su juicio, están permitiendo el desarrollo de “grandes organizaciones criminales que inciden sobre el tejido social de zonas” como el Estrecho de Gibraltar.
“Tal situación exige una acción normativa rápida que dote de instrumentos a los funcionarios encargados de la prevención y represión de los ilícitos de contrabando y de tráfico de personas que se realizan por medio de este tipo de situaciones”, apunta el Ejecutivo.
A su juicio, esta medida permitirá “recuperar la iniciativa pública para la erradicación de estos delitos” sin suponer, además, ningún tipo de gasto adicional para la Administración.
CARGA ADMINISTRATIVA EL PRIMER AÑO
El Ejecutivo apunta que, según los últimos registros de octubre de 2016, existen algo más de 1.200 embarcaciones en España las características que se precisan en el decreto, por lo que esta medida, a priori, afectaría a “un número relativamente limitado” que deberá registrar sus lanchas.
Es este proceso –que supone 55 euros por embarcación– es el único que, según explican los del Pedro Sánchez, podría suponer algún tipo de carga administrativa, aunque el texto apunta que se produciría el primer año, en el que deberán estar inscritas el millar de embarcaciones ya existentes.
“En los (años) sucesivos sólo serán objeto de autorización e inscripción las embarcaciones y operadores de nueva adquisición”, ha indicado, por lo que la carga será “sensiblemente inferior”.