En dicha Providencia se señala que ante la posibilidad de concurrir causas de inadmisión por falta de jurisdicción del Juzgado porque puede corresponder a la Jurisdicción Social procede oír a la parte recurrente, a la entidad ALGESA S.A. y al Ministerio Fiscal por termino de diez días. No obstante, también nos remiten una diligencia de ordenación donde dicen que procede incoar Procedimiento Ordinario.En el Juzgado de lo Social de Algeciras también está presentada por los trabajadores/as de ALGESA demanda de impugnación de las bases del concurso-oposición para las 132 plazas señaladas con petición de medida cautelar ante la gravedad de las anomalías que presentan dichas bases y su modificación posterior, anomalías que podrían causar perjuicios de difícil o imposible reparación. “Algeciras, Sí Se Puede” está satisfecha porque la maquinaria de la justicia se ha puesto en marcha para poner a cada uno en su sitio y para que se cumpla la legalidad vigente. No podemos permitir que en ALGESA se sigan atropellando los derechos de los trabajadores/as y de los opositores aspirantes a las 132 plazas fijas convocadas por esta empresa municipal de limpieza.“Algeciras, Sí Se Puede” no puede tolerar que esta empresa municipal haya incumplido la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el artículo 53, en cuanto a producción y contenido, el articulo 58, en cuanto a notificación, el articulo 60, en cuanto a publicación, el articulo 62, en cuanto a la nulidad de pleno derecho, y el articulo 63, en cuanto a anulabilidad de los Actos de la Administración.“Algeciras, Sí Se Puede” sigue en la lucha por los derechos de los trabajadores/as de ALGESA y la ciudadanía de Algeciras.