IAM/Redacción El Grupo municipal “ALGECIRAS SÍ SE PUEDE” solicitó explicaciones sobre el problema de los vertidos de aguas fecales en la arena del Rinconcillo en una Comisión del Ayuntamiento .La respuesta obtenida fue que se trataba de aguas pluviales .
Al comprobar “in situ” que , por el olor , el aspecto y los restos que se encontraban en el vertido, en absoluto podía tratarse de aguas pluviales como aseguraba el equipo de gobierno, Leonor Rodriguez, concejala del citado grupo municipal, decidió encargar un análisis de las aguas que se encuentran en la boca de salida de los vertidos, para comprobar el grado de contaminación de dichas aguas.
El propio laboratorio recogió las muestras en el lugar indicado y las analizó con los siguientes parámetros: DBO5, DQO, materias en suspensión, Fósforo total y Nitrógeno Kjeldahl.Simplemente con el primer parámetro, la DBO, se puede comprobar el grado de contaminación de las aguas recogidas en la muestra. El informe del análisis nos muestra un resultado de 620 mg/l de DBO5. .
Teniendo en cuenta que , cuanto mayor sea la contaminación, mayor será la D.B.O., y teniendo en cuenta que las aguas destinadas al abastecimiento urbano no pueden superar los 7 mg/l de DBO5., tenemos que las aguas analizadas están consideradas como muy contaminadas.Los resultados no dejan margen a duda alguna y son contundentes: Se trata de aguas residuales y no pluviales.
Las aguas residuales son la principal fuente de microorganismos patógenos y si no se tratan, llevan una peligrosa carga de bacterias infecciosas, virus, parásitos y sustancias químicas tóxicas que pueden causar diarreas, vómitos, o infecciones oculares.Además, al margen del olor desagradable, las partículas de las aguas residuales son capaces de dispersarse en el aire, y la inhalación de estas provoca efectos adversos para la salud.Estos vertidos que llevan años produciéndose necesitan una solución YA, y no la que adopta el Ayuntamiento, tapando la arena contaminada y el vertido con arena recogida de otro lugar de la playa.
Estos vertidos pueden constituir un delito contra el Medio ambiente y contra la salud de los algecireños y algecireñas, ya que contraviene diversas leyes y disposiciones, entre otras, la propia Ordenanza Municipal Reguladora del uso y aprovechamiento de las playas del término municipal de Algeciras que prohíbe el vertido a las playa o al mar de cualquier sustancia que pueda poner en peligro la salubridad pública.
Ante los hechos descritos ASSP está valorando interponer una denuncia ante el Juzgado, y a instar al Ayuntamiento para que tomen las medidas necesarias para impedir que vuelvan a repetirse dichos vertidos .