A partir del lunes los autónomos sólo podrán realizar sus trámites con TGSS por vía electrónica

 

 

  • Recepción y firma de notificaciones, Altas y Bajas en el RETA, modificación de las bases de cotización, cambios de actividad, variación de datos, informes… sólo se podrán efectuar en la Sede Electrónica (SEDESS) en www.sede.seg-social.gob.es

La medida también afecta a la recepción y firma de las notificaciones. Es decir, cualquier notificación de embargo, reclamación de deuda, incidencia en los pagos, se recibirá vía telemática. Los avisos de cortesía que se recibían en papel desaparecen. Por lo tanto es muy importante que el autónomo tenga en cuenta que, si en el plazo de 10 días la notificación emitida no se abre por el interesado, se da por notificado.
Los sistemas de identificación para poder acceder a SEDESS son: Certificado Digital – DNI electrónico – y CL@ve

A partir del lunes, 1 de octubre, los trabajadores autónomos deberán gestionar por vía telemática sus trámites ante la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013, reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social.
Es una cuestión muy importante para los autónomos, ya que todo lo relativo a recaudación (avisos, comunicaciones, sanciones,…) se comunicará a partir de esa fecha solo por medios telemáticos, sin envío de papeles, y al cabo de diez días la notificación se da por comunicada.
Tras registrase en el sistema Cl@ve los autónomos pueden gestionar sus trámites desde cualquier dispositivo móvil, por lo que es importante que se comuniquen y actualicen los datos de contacto para recibir información y avisos de notificaciones de la TGSS.
En la provincia de Cádiz desarrollan su labor 53.040 trabajadores autónomos, de los que más de una tercera parte (17.505) son ya usuarios de Administración Electrónica. La TGSS ha hecho una campaña informativa previa para que los interesados conozcan la importancia de actualizar su relación con el citado organismo.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) permite realizar, a través de su Sede Electrónica, todas las gestiones que necesitan los trabajadores autónomos en su relación con el Sistema de Seguridad Social, además de obtener informes y certificados con validez legal frente a terceros y realizar otras gestiones.
La TGSS dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:
El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través de este sistema, utilizado cuando el autónomo realiza sus trámites por medio de un profesional colegiado, el autorizado RED, éste actuará en representación del trabajador autónomo.
La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS,  incluido el servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas, o presentar solicitudes por Registro Electrónico. 
La ruta de acceso a los trámites en la web www.sede.seg-social.gob.es para los autónomos y el resto de trabajadores es la siguiente:
Sede electrónica- Ciudadanos- Afiliación e inscripción: desde aquí podrán acceder a todas las diferentes gestiones relacionadas con su actividad (altas y bajas como autónomos, cambio de bases de cotización, modificación de actividad…).

¿Cómo identificarse ante la TGSS?

Mediante el uso de certificado digital personal de la FNMT. En las Administraciones de la Seguridad Social podrá realizar la acreditación de su identidad, paso obligatorio en el proceso de su obtención. Para ello deberá haber realizado previamente su solicitud a través de la web de la FNMT-RCM: www.sede.fnmt.gob.es.
Por medio de “Cl@ve permanente”, que permite identificarse ante la Administración mediante un usuario más contraseña, sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios. En algunos servicios de la Seguridad Social será reforzado con claves de un solo uso por SMS. Este sistema es, además, el que permitirá el acceso al ciudadano a la firma en la nube.

Obtención de “Cl@ve permanente” 

Es preciso registrarse en el sistema de forma presencial. Para ello, el ciudadano puede acudir a cualquier Administración de la Seguridad Social, donde deberá acreditar su identidad (con el DNI si es un ciudadano español o, en el caso de un ciudadano extranjero, con su NIE, su Certificado de registro de ciudadano de la Unión o con el número de soporte y fecha de caducidad de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, si existe) y aportar su nombre y apellidos, el número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico. 
Una vez cumplimentados los datos y completado el registro, se le entregará por duplicado un documento de aceptación de los términos y condiciones de uso, que deberá firmar y, en hoja aparte, se entregará un código de activación para generar su contraseña.
De forma casi inmediata, recibirá un SMS de bienvenida al sistema Cl@ve. La recepción de este SMS garantizará que el usuario pueda activar sin problemas su contraseña, no debiendo intentarlo con anterioridad.
Las Administraciones de la Seguridad Social disponen de ordenadores de uso público donde podrá activar su contraseña. Para ello deberá seguir la siguiente ruta :
https://sede.seg-social.gob.es/Cl@ve.Gestión de contraseñas/ activación de usuario.

Activación de contraseña de ‘Cl@ve’

Para la activación se pedirá que se introduzca el usuario (DNI o NIE), la dirección de correo electrónico (como dato adicional de contraste) y el código de activación que se suministró en el acto de registro. Para aportar más seguridad al proceso, también se realiza una sencilla pregunta de comprobación de que se está tratando con una persona física (captcha).
Si los datos son correctos, el sistema enviará al usuario un SMS con un código numérico de un solo uso que deberá teclear en el campo del formulario correspondiente. Si es correcto, el sistema permitirá establecer la contraseña que se prefiera, siempre que cumpla con unas características mínimas de seguridad. 
Esta contraseña será la que se deberá utilizar de ahora en adelante cada vez que un servicio de administración electrónica la solicite.

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