TCAM/REDACCION/REPORTAJEModifica la anterior Ley de Costas de 1988 para garantizar la protección y conservación y clarificar el alcance del dominio público marítimo terrestre, así como los deslindes, concesiones y usos de las costas
Beneficia a quienes estaban legítimamente en el litoral, pero no supone una amnistía para las situaciones ilegales
La provincia de Cádiz, con un contorno litoral de unos 285 kilómetros, es una de las zonas en las que mayor incidencia puede tener la reciente aprobación, por parte del Consejo de Ministros, del Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas de 1988, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).
El nuevo texto normativo protegerá mejor el litoral frente a los excesos urbanísticos y generará confianza y mayor actividad económica, con el objetivo de ser un instrumento eficaz de protección y conservación del litoral, al tiempo que proporcionará seguridad jurídica a los ciudadanos y empresas.
El subdelegado del Gobierno en Cádiz, Javier de Torre, cree que se trata de una ley “ambiciosa en la protección de la naturaleza, exigente en su cumplimiento, y que va a dotar de seguridad jurídica a todos los que ocupan el litoral gaditano”.
Esta Ley permitirá tener “una verdadera política de conservación real del litoral y las playas españolas, dando seguridad jurídica”, según De Torre. No se trata de una ley de amnistía, sino de “una ley que va a exigir más rigor, que va a proteger más las playas naturales, que va a ordenar las explotaciones turísticas, permitiendo su modernización pero con criterios de eficiencia energética”.
También contempla que las instalaciones industriales que en este momento están ocupando zonas de Dominio Público Marítimo Terrestre no tendrán una concesión automática, sino que tendrán que someterse a un informe medioambiental de las Comunidades Autónomas. Por lo tanto, “analizaremos todas las instalaciones industriales que hay en el litoral, pediremos informes a la Junta de Andalucía, y se actuará en consecuencia”.
Otra novedad en la Ley es la llamada “cláusula anti Algarrobico”, que regula la posibilidad que tendrá ahora el Gobierno de suspender actuaciones urbanísticas ilegales en la costa para evitar situaciones irreversibles, dando siempre la última palabra a los tribunales.
Las salinas no se privatizan. El Proyecto de Ley deja claro que aquellas instalaciones realizadas sobre terrenos que en el momento de realizarse las obras eran inundables, quedan incluidas en el DPMT. Por el contrario, aquellas realizadas sobre terrenos previamente no inundables y en las que, mediante obras de excavación se introduce el agua del mar de forma controlada, son las que se excluyen del DPMT.
Lo que se hace es devolver la propiedad a aquellas salinas y establecimientos marinos que eran propiedad privada antes de la Ley de 1988. Y además se añade una limitación muy importante: se consideran servidumbre de protección. Lo que quiere decir que en esos terrenos no se van a poder construir viviendas ni hoteles.
En lo que respecta a los chiringuitos, en Cádiz hay 40 instalaciones de carácter fijo, generalmente sobre los paseos marítimos, y 110 instalaciones desmontables que, casi en su totalidad, se retiran de las playas por estas fechas al finalizar la temporada, no existiendo en la provincia conflictos de importancia en este sector.
Desde el pasado año se han puesto en marcha por los Ayuntamientos costeros los trámites y proyectos necesarios para obtener la concesión precisa y, con ello, se ordenará definitivamente la prestación de servicios a los usuarios.
La ley mantiene los usos permitidos y prohibidos en el DPMT. Lo que se hará será establecer en el reglamento criterios razonables que compatibilicen la protección de la costa con el servicio público. Se dará más seguridad a los chiringuitos en cuanto a plazos y condiciones de la concesión. Y se les exigirá más en términos de ordenación y cuidado de las playas. Se restringirán más en las playas naturales.
No hay en el Proyecto ninguna amnistía general, por lo tanto no la habrá; por el contrario, lo que el Gobierno anuncia es que esta Ley se va a cumplir desde el principio, no se va a tolerar, como antes, la progresiva pérdida de respeto a una Ley que se incumplía frecuentemente.
Además, resolverá la situación de vencimiento de las concesiones previstas en la anterior norma (de 30 años desde la ley de 1988), es decir, en 2018 con la consiguiente pérdida de los derechos de sus titulares. Así, el Gobierno pretende acabar con la indeterminación y ambigüedad existente desde hace décadas y que ha permitido la proliferación de diversas ocupaciones irregulares.
PRINCIPALES MODIFICACIONES DE LA LEY
Se define mejor el alcance del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y se aplicarán criterios estrictamente técnicos para deslindar la costa, con la consiguiente seguridad jurídica para propietarios, concesionarios y usuarios.
La reforma introduce un régimen diferenciado para los tramos urbanos de las playas (las contiguas a suelos urbanizados) y para los tramos naturales de las playas (junto a espacios protegidos o suelo rural). Para éstas últimas, se impondrá un nivel de protección mayor aún al ya vigente.
Para reforzar los mecanismos de protección del litoral, la Administración General del Estado tendrá la facultad de suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre, o que supongan una infracción de las prohibiciones establecidas en la zona de servidumbre de protección, impugnando dichos acuerdos ante los tribunales; con ello se podrá evitar que se reproduzcan casos de construcciones ilegales.
Otra medida esencial para la protección del litoral es que se impiden nuevas edificaciones en el DPMT y se prohíbe que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie.
Para conseguir una completa seguridad jurídica, se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos; para ello, los bienes de DPMT se deben inscribir en el Registro de la Propiedad, y además la información sobre los deslindes se tendrá desde que se inicie un nuevo deslinde. Por último todos los ciudadanos accederán vía Internet a los deslindes.
Con objeto de facilitar la viabilidad y sostenibilidad de las actividades económicas, se amplían los plazos máximos de las concesiones hasta 75 años, como hacen otras leyes como la Ley de Aguas, siempre que se trate de actividades respetuosas con el DPMT. Con ello, se proporciona a dichas actividades un horizonte amplio de actividad e inversión, a la vez que se fomenta una mayor corresponsabilización de los concesionarios hacia la conservación del DPMT.
Ante la perspectiva del vencimiento de las concesiones vigentes a partir de 2018, se establece la posibilidad de una prórroga extraordinaria de las otorgadas antes de la entrada en vigor de la ley de reforma por un plazo máximo de 75 años.
No obstante, no se trata de una prórroga indiscriminada, sino que en aquellos casos en los que las concesiones amparen ocupaciones para usos destinados a la industria extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera, será necesario un informe ambiental específico para otorgar la prórroga.
APOYO DE LA COMISIÓN EUROPEA
La Comisión Europea, una vez conocido este nuevo texto, ha valorado muy positivamente su contenido porque considera que dará seguridad jurídica a los europeos con propiedades inmobiliarias en el litoral español.
La reforma tiene el objetivo primordial de proteger mejor nuestro litoral frente a excesos urbanísticos y beneficiar a quienes se encontraban legítimamente en la costa, pero no es una amnistía de situaciones ilegales. Porque hay 10.000 viviendas en Dominio público marítimo terrestre, la mayoría con un derecho anterior a la Ley de Costas de 1988. Además, solo en 2018 expiran unas 1.100 concesiones de viviendas, lo que obligaría a su demolición.
La nueva Ley generará confianza y certidumbre para las ocupaciones y la actividad económica. Existen unas 23.000 ocupaciones no residenciales, muchas de ellas generadoras de un elevado volumen de empleo. Así, más de 1.700 son ocupaciones industriales, más de 3.000 son “chiringuitos” (unos 1.300 restaurantes y 1.700 kioscos). Como ejemplo de la dimensión del empleo relacionado con este sector, se estima que solo en Andalucía suponen más de 40.000 empleos.