La nueva ordenanza de playas regula la playa canina de La Concha y las hogueras de San Juan

Por ello, con la notificación a la Junta de Andalucía y a la Administración del Estado, ha concluido su tramitación y a día de hoy ya se encuentra en vigor.

El edil municipal ha recordado que “esta ordenanza pretende arbitrar y conjugar las competencias municipales en materia de gestión y conservación del patrimonio natural conformado por nuestras playas y costas, buscando siempre como fin último que los ciudadanos puedan disfrutar de un medio ambiente adecuado, ordenando la prestación de unos servicios públicos de excelencia en determinadas playas y garantizando la utilización racional del espacio público”.  

Dado que la anterior ordenanza databa de 2009, se hacía necesaria su actualización con la inclusión de nuevos factores, como la llegada masiva a las costas mediterráneas de medusas que hacen necesario incorporar al texto legal una señalítica específica que permita advertir a los usuarios de su presencia en las aguas de baño.

La nueva ordenanza regula específicamente las hogueras de San Juan, dado que la proliferación de las mismas ponen en riesgo la salud de los usuarios de las playas los días posteriores al resultar muy difícil limpiar la integridad de los restos. Por ello, se deben centralizar las hogueras de manera que se establezca una única hoguera en Getares y otra en el Rinconcillo debidamente acotadas por la autoridad municipal. De esta manera se evitarán accidentes en la playa como brasas aún encendidas o astillas de madera que en años anteriores han causado daños a los usuarios, además del perjuicio que supone para el espacio natural la descentralización de esta festividad.

Del mismo modo, con este nuevo texto se ha dado cabida a la regulación de la playa canina de la Concha.

En lo que respecta a la temporada de baños y horarios, se recoge como temporada de baño el periodo establecido entre el día 1 de Junio y el 31 de Agosto en horario de 12:00 horas a 20:00 horas, si bien a criterio de la autoridad municipal podrá ampliarse la temporada hasta el 15 de Septiembre y el horario se ampliará hasta las 02:00 horas en las festividades de San Juan, Virgen del Carmen y Virgen de la Palma.

Se incluye igualmente como temporada de baño desde el Viernes Santo al Domingo de Resurrección en horario de 12:00 horas a 18:00 horas.

Respecto a la pesca, se limita en temporada de baño entre las 21:00 horas y las 09:00 horas.

Por tanto, la presente Ordenanza, pretende ser un instrumento de concienciación, convivencia y gestión eficaz del dominio público costero en el ámbito territorial de nuestro municipio. Para ello, se pretende realizar una regulación exhaustiva de aquellas materias que resultan imprescindibles para conseguir los fines detallados anteriormente.

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