Además, lo condena a la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de este profesional sanitario y de su centro de trabajo por un periodo de un año y el abono de las costas procesales devengadas.
La sentencia, recogida por Europa Press, da por probado que el ahora condenado, que tiene antecedentes penales por otras causas, acudió el 30 de noviembre de 2018 al servicio de Urgencias de un centro de salud para ser atendido. Al estar en desacuerdo con la atención recibida, el acusado profirió amenazas e insultos al médico.
Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de amenazas del artículo 169-2 del Código Penal. Además, la sentencia es firme al haber manifestado las partes su voluntad de no recurrir.