Insultar o amenazar a un policía en una manifestación costará hasta 30.000 euros

   Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación será considerado como una infracción administrativa “grave” sancionada con entre 1.001 euros y 30.000 euros de multa. Esta es una de las principales novedades del Anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana que Interior prevé llevar el viernes al Consejo de Ministros y que tiene en la protección de los policías frente a los ataques uno de sus pilares fundamentales, según el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz.

   En el redactado también se contempla como infracción “muy grave”, sancionada con entre 30.001 y 600.000 euros, el uso y la distribución de imágenes de los policías, así como datos personales de los agentes con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o que puedan poner en riesgo una operación.

   Con esto se pretende evitar hechos acontecidos tras algunas concentraciones en las que asistentes fotografiaban a antidisturbios y luego difundían las imágenes en redes sociales quedando los agentes señalados y siendo objeto de insultos y vejaciones. En algunos casos, incluso se ofrecieron datos personales de los policías.

   En total hay 21 infracciones consideradas “muy graves” y la mayoría de ellas destinadas a preservar el orden público. En este punto la ley recoge lo ya adelantado por el ministro en el Congreso de los Diputados: las concentraciones frente a las instituciones del Estado como la Cámara Baja cuando éstas no hayan sido debidamente comunicadas y con independencia de que las Cortes se encuentren en ese momento reunidas. Esto también estará sancionado con hasta 600.000 euros y en ello se incluye, además de a los participantes, a quienes las convoquen, dirijan o presidan.

   La perturbación del orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos y demás actos públicos también se considerará “muy grave”, así como las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas como, por ejemplo, una central nuclear –objetivo muchas veces de movimientos ecologistas– o un aeropuerto. Con este apartado se recoge entorpecer el funcionamiento de las mismas o incluso sobrevolarlas. Entre 30.001 y 600.000 euros se sancionará también como muy grave entorpecer con dispositivos luminosos como los clásicos punteros lasser vehículos u otros medios de transporte como aviones.

   En el apartado del orden público, pero ya dentro de la infracciones graves, se contempla la participación en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras a efectos de dificultar la identificación por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Esto no quiere decir que no se pueda asistir a concentraciones autorizadas con este tipo de elementos, pero sí valerse de ellos para ocultarse a la hora de participar en disturbios.

PROHIBIDA LA PROSTITUCIÓN CERCA DE MENORES

   Este anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana aporta otras novedades como la consideración como infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menores (colegios, guarderías, parques…) o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial. El redactado del texto no entra a regular el acto de la prostitución, pero sí trata de impedir su práctica al menos en estos dos supuestos en los que serían sancionados tanto el cliente como la persona que ofrece los servicios sexuales.

   El Ministerio lleva trabajando en este Anteproyecto desde el inicio de la legislatura para lo que ha mantenido reuniones con miembros de las Fuerzas de Seguridad, asociaciones de padres y plataformas vecinales, entre otras instituciones. Según fuentes de Interior, este asunto de la prostitución era el que más demandas producía por parte de los ciudadanos consultados.

   En el apartado de las infracciones graves se mantienen aspectos relacionados con el consumo o la tenencia de drogas tóxicas aunque no estuvieran destinadas al tráfico, así como el abandono en la vía pública de utensilios necesarios para su consumo o fabricación, pero se introduce  como grave la plantación o el cultivo de drogas siempre y cuando las cantidades no sean consideradas como delito.

   Esta futura Ley supondrá la derogación de la denominada como ‘Ley Corcuera’ de 1992 y la Seguridad Ciudadana pasará de estar regulada con 39 artículos a contar con 55 y nuevas infracciones repartidas entre infracciones leves, graves y muy graves. Esta normativa se crea en paralelo a la reforma del Código Penal en la que desaparecen las faltas dividiendo las conductas punibles en delitos e infracciones Administrativas. De estas últimas se encargará esta nueva Ley de Seguridad Ciudadana.

COPIA LA MEDIDA CONTRA LA ‘KALE BORROKA’

   Otra de las principales novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública y la Policía tendrá potestad para establecer “zonas de seguridad”. El hecho de que los progenitores tengan que pagar los daños ocasionados por sus hijos es una medida que ya se puso en marcha hace años en el País Vasco para combatir los episodios de ‘kale borroka’ y que ofreció buenos resultados, según admiten en el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. En función del grado de daño que produzcan al mobiliario urbano, también podría considerarse una infracción grave.

   En cuanto a las “zonas de seguridad” para evitar los escraches es una medida que esbozó el ministro hace meses a partir de una iniciativa en este sentido de la Ertzaintza, que fijó ese perímetro en 300 metros. Aunque el anteproyecto no especifica distancias concretas, los responsables de Interior otorgan especial importancia al hecho de que este recurso de seguridad ya esté regulado formalmente.

   El consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado administrativamente será considerado una infracción grave siempre que se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana. Este anteproyecto regula como infracciones graves otras conductas como la de establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas “cundas”, es decir, la acción de trasladar a los toxicómanos a los lugares donde se vende y se consume droga.

MISMAS SANCIONES, NUEVAS PROHIBICIONES

   Por su parte, las infracciones leves apenas experimentan variaciones con las actuales faltas leves y seguirán siendo sancionadas con multas contempladas entre los 100 y los 1.000 euros. La cuantía de las infracciones graves y las muy graves también es la misma que en la actual ley de Seguridad Ciudadana, lo que se ha modificado o se ha incluido son conductas que no estaban recogidas y tras más de 20 años era necesario regular, según Interior.

   Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática.

   Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos afectos de esta comprobación. Fuentes de Interior llaman la atención sobre el hecho de que en algunas manifestaciones había quien alegaba que el documento es personal e intransferible para no entregarlo a las autoridades. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.

 

 

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