La defensa del autor confeso del asesinato del sacristán de Algeciras ha tratado de evitar que el crimen cometido el pasado 25 de enero no fuese procesado judicialmente como acto terrorista. Según la información adelantada por EuropaSur, un notificado a las partes recoge el rechazo. Yassine Kanjaa, responsable de los hechos, ha procurado que el caso sea transferido como causa ordinaria a los juzgados de Algeciras.
Joaquín Gadea, juez de la Audiencia Nacional y que encabeza el Juzgado Central de Instrucción número 6, ha rechazado el enésimo recurso de apelación de la defensa del autor confeso del delito.
El magistrado calificó los hechos en el pasado mes de septiembre como delito de asesinato terrorista, penado con prisión permanente revisable, así como lesiones terroristas, que supone una pena de hasta 15 años de prisión, sin perjuicio de una posterior calificación de los hechos.
La defensa de Yassine Kanjaa ha alegado que los hechos no presentaban ninguna de las finalidades requeridas por el artículo 573 del Código Penal para considerar lo ocurrido el 25 de enero como delito de terrorismo.
Parte de la argumentación se ha fundamentado en el informe presentado por el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, el cual indicaba que el presunto autor de los hechos reflejaba un cuadro psicótico, de probable filiación esquizofrénica.
El magistrado Gadea ha concluido el recurso corroborando que hay suficientes indicios que señalan la comisión de hechos delictivos con fines terroristas. Entre ellos, destaca el proceso de radicalización que vivió Yassine Kanjaa durante las semanas anteriores al ataque y el contenido que fue encontrado en su dispositivo móvil.