IAM/Redacción CGT convoca huelga el 9 de febrero y asambleas para decidir un plan de lucha continuado que evite el previsible despido de miles de profesores/as interinos/as andaluces/as. (Foto concentración).
El acuerdo firmado por la el Ministerio con los sindicatos mayoritarios para la “mejora del empleo público” y con la finalidad de reducir la tasa de temporalidad laboral al 8% puede suponer el despido de miles de profesores y profesoras interinos. Dada la alta tasa de profesorado interino de larga duración en la enseñanza, el acuerdo amenaza con convertirse en un ERE masivo para el profesorado que lleva años trabajando en esos puestos de trabajo.De esta manera, se conculca el derecho a la estabilidad en el empleo, un componente primordial de la protección de los trabajadoras y trabajadores. La figura del profesorado interino en Andalucía en particular, y en general, en todo el Estado se ha convertido en una figura paradójica. Y ello porque el uso abusivo por parte de la Administración de las contrataciones temporales debido solo en parte -a los recortes en los Presupuestos Generales, ha ocasionado que se empiece a hablar de interino permanente o interino de larga duración. Una auténtica contradicción en términos. En estas condiciones, se pervierte la naturaleza jurídica del funcionario interino y, a partir de ahí, se explica que estos últimos años hayamos visto como el profesorado interino comenzaba a disfrutar de trienios, sexenios y complementos. Cuando hablamos de un profesorado interino que encadena años tras años contratos, no hay razones objetivas para distinguir en términos de derechos entre un funcionario interino y un funcionario de carrera.CGT considera que los sindicatos de la mesa sectorial andaluza abandonan a su suerte al profesorado interino ante esta grave situación, al plantear movilizaciones para reivindicar unos objetivos que no garantizan la estabilidad del profesorado interino andaluz.Una de las medidas que, la denominada mayoría sindical, de la Mesa Sectorial defiende es el carácter no eliminatorio de las pruebas selectivas en la fase transitoria (las tres convocatorias). Parece que no van a conseguir dicho objetivo porque el ministro de Educación se ha hecho fuerte en su negativa a este respecto y argumenta, no sin falta de empatía, que se tiene que apostar por la “excelencia del profesorado español y optar por los mejores candidatos”. En todo caso dicho objetivo no garantiza que quienes están se quedan.Frente a ello, desde CGT planteamos como objetivo más eficaz el que se guarden las notas de convocatoria anteriores. La mayor parte del profesorado interino ha aprobado la fase de oposición en más de una convocatoria; en muchos casos, no son funcionarios debido a la insuficiente y precaria oferta de plazas de las convocatorias pasadas: ¿por qué no exigir la no caducidad, con carácter retroactivo, de las notas de la fase de oposición? ¿Por qué no considerar como aptos en la prueba selectiva a todas y todos aquellos candidatos que hubiesen superado las pruebas en otras convocatorias anteriores? Y más teniendo en cuenta, que en muchos casos la razón primera y fundamental por la que no llegaron al funcionariado es el uso improcedente de la Administración de las contrataciones temporales durante demasiados años. De hecho, la totalidad de las plazas, a excepción de las plazas correspondientes a la tasa de reposición, que se oferta en estos procesos selectivos son plazas de naturaleza estructural y están ocupadas por personal interino.En otro orden de cosas, el profesorado interino que no haya aprobado ninguna prueba selectiva, ¿no ha mostrado ya de una manera clara y evidente su profesionalidad y aptitudes para el desempeño de la función docente durante sus muchos años de servicio a la Administración? El contrato temporal de profesorado interino solo se justifica de una manera excepcional y en una situación de corta duración. En caso contrario, nos encontramos ante un uso inadecuado de las contrataciones temporales por parte de la Administración. Llegados hasta aquí, parece que la única diferencia esencial entre el profesorado interino y el funcionario de carrera en lo que concierne a su trabajo y a sus derechos – aunque todavía queda camino por andar – es que para el funcionariado interino el despido es muy barato. Hasta ahora la figura del interino ha sido muy cómoda para la Administración, ya que lo ha usado dónde lo ha necesitado y se ha podido cesar sin obligación alguna de indemnizar.La mayor optatividad en la elección de temas en la oposición tampoco es relevante en la reducción de la precariedad. En cualquier caso, y de mantenerse el carácter eliminatorio de las pruebas de la fase de oposición, se puede terminar favoreciendo, otra vez, los caprichos del azar y no la experiencia y formación de los aspirantes al funcionariado.El pretendido aumento del peso de la antigüedad en la fase de concurso es engañoso, ya que si aumenta el total que se puede aportar, disminuye el valor de cada año trabajado, pasando de valorase 1 punto a solo 0,7. Además divide a los interinos , ya que favorece a los que tienen más tiempo y perjudica a los que tienen menos años de experiencia. Es decir, tiene el efecto perverso de devaluar el valor de la experiencia y terminar dividiendo al colectivo interino en función de la experiencia acumulada.Ante esta grave situación en que miles de profesores interinos, unas 20.000 personas, se encuentran ante la amenaza de verse en la calle, CGT exige a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía un acuerdo de estabilidad del profesorado interino que garantice que estos trabajadores/as no pierdan su empleo.Para ello hemos convocado huelga el próximo 9 de febrero llamamos a asistir a próximas asambleas, que se celebrarán esta semana, a todos el profesorado afectado para decidir un calendario de movilizaciones sostenido – no se descarta la convocatoria de una huelga indefinida.